El Gobierno de Perú aprobó el Decreto Legislativo 1732, que implementa un sistema centralizado para la identificación de titularidades financieras, con el propósito de fortalecer la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La norma, refrendada por el presidente José Enrique Jerí Oré y el Consejo de Ministros, responde a la facultad legislativa otorgada por el Congreso mediante la Ley 32527, y busca optimizar el acceso de las autoridades a información relevante para investigaciones criminales complejas.
Perú: Gobierno crea sistema centralizado de identificación financiera
El mecanismo permite que autoridades como el Ministerio Público y la Policía Nacional confirmen de manera directa y eficiente si una persona natural o jurídica posee cuentas en empresas del sistema financiero peruano.
La consulta se realiza utilizando documentos oficiales de identificación, o el número de RUC o cuenta en el caso de personas jurídicas. La información obtenida se restringe a la existencia de cuentas, sin incluir datos sensibles como movimientos, saldos u operaciones, los cuales continúan bajo protección del secreto bancario.
Las entidades financieras, incluyendo bancos y el Banco de la Nación, deben suministrar la información solicitada a través de sistemas electrónicos que prioricen la inmediatez y la estandarización de la comunicación.
Este proceso elimina la necesidad de enviar solicitudes individuales a cada entidad, reduciendo la carga operativa y agilizando los tiempos de respuesta en investigaciones por lavado de activos, delitos conexos y financiamiento del terrorismo.

Ministerio Público y PNP accederán a titularidades bancarias en tiempo real
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la encargada de implementar, supervisar y regular el funcionamiento del sistema.
La SBS tiene un plazo de 120 días calendario para emitir la normativa reglamentaria que precisará los parámetros técnicos y operativos del mecanismo.
El alcance de la consulta se limita a productos financieros dentro del territorio nacional y excluye cuentas en el extranjero de sucursales o filiales de entidades peruanas.
La medida tampoco implica nuevas obligaciones de reporte masivo ni afecta el régimen de secreto bancario, ya que solo optimiza el acceso a datos básicos para las investigaciones oficiales. El acceso a información adicional, como saldos o movimientos, seguirá requiriendo el procedimiento judicial correspondiente para el levantamiento del secreto bancario.

SBS gestionará el nuevo sistema de identificación de cuentas financieras
La implementación de este sistema se financiará con el presupuesto de las instituciones públicas involucradas, sin recurrir a fondos adicionales del Tesoro Público. Además, las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público se integrarán de manera progresiva al sistema, conforme lo disponga la SBS.
El Decreto Legislativo 1732 entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de su reglamento. Entre las disposiciones finales, se establece que la SBS podrá ampliar o precisar los campos de identificación para las consultas, siempre respetando los derechos fundamentales y la normativa de protección de datos personales.
El DL 1732 excluye el acceso a saldos y movimientos bancarios
Esta medida forma parte de una estrategia del Ejecutivo para mejorar la capacidad estatal en la investigación de delitos financieros y responder con mayor rapidez ante la criminalidad organizada.
El decreto fue publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en las sedes digitales del Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, garantizando transparencia y acceso ciudadano a la normativa.
El Ejecutivo señaló que la agilidad en la confirmación de titularidades financieras permitirá al Estado actuar con mayor eficacia frente a la sofisticación de la criminalidad económica y digital en el país.
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