
A partir de una histórica disposición publicada hoy miércoles 10 de septiembre en el diario El Peruano, todas las ceremonias oficiales en Cusco deberán entonar el Himno Nacional y el Himno regional en idioma quechua “pentavocal” o en el idioma predominante de la zona.
Según el documento, la norma establece un mandato sin precedentes en la política lingüística pública en el Perú y requiere que tanto autoridades como funcionarios y servidores públicos cumplan con el uso de la lengua originaria en los actos protocolares.
La nueva normativa, consignada como Ordenanza Regional N° 229-2022-CR/GR CUSCO, fue aprobada por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco en una sesión extraordinaria.

El documento detalla que el reglamento responde al marco constitucional que reconoce y promueve las lenguas originarias del país, en particular en el territorio cusqueño, donde el quechua es lengua predominante y símbolo de identidad regional.
De acuerdo con los términos de la ordenanza, se dispone la inscripción de la acción en todos los libros de actas y resoluciones del ámbito público regional. Además, el consejo estableció que la ejecución y supervisión estará bajo la responsabilidad funcional de la Presidencia del Consejo Regional del Cusco, el Gobernador Regional y la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quienes deberán garantizar el cumplimiento efectivo de la disposición.
La ordenanza también exige incluir la política lingüística en los manuales de organización y funciones de cada institución pública dentro del departamento, una cuestión que, según el propio texto legal publicado por El Peruano, apunta a fortalecer la presencia del idioma originario en el quehacer burocrático y en la cultura oficial de la región.

“Disponer que los integrantes del Consejo Regional, así como los funcionarios y servidores regionales, reciban formación en el uso oral y escrito del idioma quechua pentavocal y/o predominante en su jurisdicción”, subraya la ordenanza.
La decisión se fundamenta en los principios establecidos por el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que reconoce el derecho de todas las personas a usar su propio idioma ante cualquier autoridad e institución del Estado, y en el respaldo adicional que otorgan normas como la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.
En ese sentido, el Consejo Regional del Cusco busca intervenir toda la estructura administrativa regional para adoptar políticas activas en favor de la diversidad lingüística.

La ordenanza precisa que los órganos administrativos deben modificar sus manuales y lineamientos funcionales para incorporar la obligatoriedad del uso del idioma quechua en ceremonias, al tiempo que se promueve la capacitación de servidores públicos en el dominio oral y escrito de la lengua.
El Peruano precisa que, dentro de la fundamentación jurídica, se citan también los artículos 19 y 168 de la Constitución, así como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Estado peruano.
La vigencia implica que, a partir del 11 de septiembre de 2025, toda ceremonia oficial deberá observar el uso del quechua pentavocal como lengua principal en la interpretación de los himnos y su enseñanza será incorporada de forma sistemática en la capacitación interna del personal público.

Entre los considerandos, el Consejo Regional del Cusco argumenta que la política lingüística propuesta no solo constituye una medida de cumplimiento legal y constitucional, sino un mecanismo para preservar la identidad cultural, reforzar la autoestima colectiva e impulsar la inclusión y el acceso igualitario a los derechos fundamentales de todos los habitantes de la región.
La Presidencia del Consejo Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, será responsable de adecuar la normativa interna para asegurar la correcta aplicación de la ordenanza. El acuerdo responsabiliza tanto al presidente como a los gerentes correspondientes para “adoptar las medidas administrativas y presupuestarias necesarias para ejecutar lo dispuesto”.
El cronograma de implementación abarca la adaptación normativa, la capacitación en el idioma originario y la vigilancia sobre el cumplimiento de la disposición en cada dependencia gubernamental.
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