
El último 5 de enero del 2024, el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada resolvió, de manera histórica, la imposición de la prisión preventiva por 18 meses en contra del suboficial PNP Joe Erick Torres Lovón; en el marco de Rosalino Flores Valverde. Ello, luego de que la fiscal a cargo del caso, Mirela Coronel Molero, denunciara presuntas acciones de obstrucción por parte de la institución policial.
Como se sabe, este policía ha sido señalado como el autor directo del homicidio del ciudadano cusqueño, Rosalino Flores Valverde; uno de los casos en los que más se ha avanzado en cuanto a investigación procesal en el marco de los asesinatos y abusos perpetrados durante las protestas registradas en Perú tras el ascenso de la presidenta Dina Boluarte el 7 de diciembre del 2022.
Durante la audiencia de aquel viernes 05 de enero, el juez a cargo de la sala, Leodan Cristobal Ayala, advirtió que sí se había concretado el riesgo procesal con respecto al peligro de fuga del imputado. Coincidentemente, el suboficial Joe Erick Torres Lovón no cumplió con presentarse ante el juzgado de la Corte Superior del Poder Judicial y desde que se dispuso su captura y detención inmediata.

Desde la fecha de emitida la resolución, Joe Erick Torres Lovón, imputado de haber abierto fuego a la escopeta de caza que hirió con 32 perdigones en el cuello y tórax de Rosalino Flores Valverde; se encuentra en condición de no habido.
Como se sabe, inicialmente se intentó negar la presencia de Torres Lovón en las manifestaciones en Cusco. El efectivo policial formaba parte del escuadrón SUAT de Cusco, el cual según lo declarado por la PNP, no estaba presente en las calles en los días de conflicto social. No obstante, la existencia de varios videos comprobaron la presencia del suboficial PNP y su escuadrón en las calles ese día.
Posteriormente, incluso se intentó modificar las horas en las que Torres estaba sirviendo. La Policía Nacional detalló que Torres estaba en servicio hasta 2:00 p.m; pero los registros visuales aclararon que su presencia se extendió hasta las 4:00 p.m.
Juez descartó peligro de obstaculización pese a las pruebas

Pese a los señalamientos emitidos por la fiscal Mirena Coronel Molero, en los que detalló al menos 4 hechos que determinarían una serie de acciones de obstaculización por parte de la institución policial, el juez Leodan Cristobal Ayala aseveró que, según su percepción, dichos actos no suponían un peligro procesal.
“El riesgo procesal de obstaculización a la averiguación de la verdad tiene un ejercer concreto, evidente y real. El hecho de que tales irregularidades se hayan producido a nivel policial ponen en grado de suboficial del imputado y tomando en cuenta que la organización policial es una castrense vertical no podría influir en sus superiores para la realización de tales actos irregulares”, alegó el magistrado del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria.
En cambio, Cristobal Ayala afirmó que estos esfuerzos correspondería no necesariamente de una actitud institucional, sino de hechos del mismo policía. “Más bien, se trataría de hechos irregulares de interés policial para ocultar, omitir, no informar cabalmente los datos que la autoridad fiscal ha solicitado en su oportunidad”; concluyó el juez.
Es de este razonamiento que el juez sintetizó que dichas actitudes irregulares advertidas provendrían de una intención de peligro de fuga. Estos hechos también los complementó con una serie de registros presentados por la defensa de Torres Lovón, en los que detallaban amedrentamientos hacia el suboficial del Ejército imputado.
En dicho sentido, advirtió que estas amenazas y señalamientos por redes sociales incitaban a que el agente policial optara por pasar a la clandestinidad; por lo que pidió a la ciudadanía a respetar el debido proceso y a las decisiones de las instancias judiciales.
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