
Pese a estar prohibida, la venta de chips móviles en la vía pública continúa representando un grave riesgo para la seguridad y tendría el respaldo de las propias empresas operadoras. De hecho, desde el año 2020 hasta marzo de 2023, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ha impuesto multas que superan los 25 millones de soles a las empresas ofrecen servicios móviles por infringir las regulaciones en la venta de chips para celulares en la calle.
Las empresas con más multas
De la suma total de sanciones, que asciende a S/ 25,353,518, Telefónica recibió la mayor penalización con S/ 7.59 millones (30%), seguida por Claro con S/ 6.27 millones (25%), Entel con S/ 6.09 millones (24%), y Bitel con S/ 5.40 millones (21%).
Al respecto, Luis Pacheco, director de Fiscalización e Instrucción del Osiptel, destacó que la venta de chips móviles en la vía pública está prohibida por el ente regulador. Según las normas vigentes, la contratación de servicios móviles a través de distribuidores solo debe realizarse en puntos de venta con dirección específica, previamente reportados por las empresas operadoras al Osiptel.

Pacheco agregó que el Osiptel ha establecido reglas mínimas sobre los canales de comercialización de las empresas operadoras para asegurar que la contratación del servicio se realice proporcionando suficiente información al usuario y registrando adecuadamente la titularidad de los servicios de telecomunicaciones.
Venta de chips en la calle es un peligro
Osiptel ha señalado reiteradas veces que la venta ambulatoria de chips móviles conlleva varios riesgos asociados para los usuarios, ya que no ofrecen garantías sobre lo adquirido y no se puede certificar que se sigan los protocolos necesarios para la contratación de una línea móvil.
Además, los ciudadanos que contratan líneas móviles de esta manera entregan información personal, incluida su huella dactilar, a desconocidos en la calle, lo que aumenta el riesgo de robo de identidad y actividades delictivas.
Entre los peligros derivados de la venta de chips en la vía pública se encuentran el uso indebido de la huella dactilar, la suplantación de identidad, la contratación no autorizada de líneas móviles o portabilidades, el acceso no autorizado a cuentas bancarias y retiros de dinero, y la posibilidad de que las líneas contratadas sin consentimiento terminen en manos de delincuentes.

Es importante destacar que las ventas irregulares de líneas móviles, principalmente realizadas en la calle de forma ambulatoria, han generado más de 77.000 reclamos ante las principales empresas operadoras en el 2022 por la contratación no solicitada del servicio móvil postpago. Además, las empresas operadoras registraron más de 10.000 cuestionamientos sobre la titularidad de servicios móviles prepago en ese mismo año.
“A través de nuestros canales de atención hemos recibido casos como la portabilidad de una línea móvil a otra empresa o contrataciones de líneas no solicitadas, además de que las personas comprueban que el chip comprado no se encuentra a su nombre o que le dieron una línea pospago en lugar de prepago”, señaló Luis Pacheco la semana pasada.
“Entregar tu huella digital a un desconocido, es como abrir la puerta para que se cometan diversos actos ilícitos, como el robo de identidad”, agregó el funcionario.
Recordó que el Osiptel detectó más de 4.000 servicios móviles con datos inconsistentes como “nene malo”, “pero calma papi”, “Haland Bolt Advíncula”, en el registro de abonados de las empresas operadoras, que están vinculados a la comisión de delitos de suplantación de identidad, fraude informático, estafa e incluso extorsión.
“Quien extorsiona evidentemente lo hace de un número móvil que no tiene un titular reconocible; es decir, estas líneas contratadas en la calle sin mayor protocolo de seguridad se pueden prestar para estos graves fines ilícitos”, manifestó.
Cabe indicar que, en los próximos días, el pleno del Congreso de la República debatirá el proyecto de ley aprobado en la Comisión de Defensa del Consumidor, que prohíbe la comercialización y contratación de los servicios móviles de forma ambulatoria o en la vía pública y asigna responsabilidad administrativa a los representantes de las empresas por ello.
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