El trámite en el SAT que conviene realizar antes de que termine octubre y te puede ahorrar miles de pesos en multas y recargos

El trámite puede realizarse en línea desde sat.gob.mx sin e.firma; quienes se autocorrijan de forma voluntaria tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para presentar su solicitud

Manos sujetando billetes de 500 y 1000 pesos mexicanos junto al logotipo circular del SAT.
El beneficio no es indefinido. Existen dos fechas límite dentro de octubre que determinan qué tipo de facilidad de pago puede obtener cada contribuyente antes de que el esquema concluya. Credito: Cuartoscuro
Guardar

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene abierto el Programa de Regularización Fiscal 2026, un esquema que permite reducir hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución a contribuyentes con adeudos fiscales.

El beneficio no es indefinido. Existen dos fechas límite dentro de octubre que determinan qué tipo de facilidad de pago puede obtener cada contribuyente antes de que el esquema concluya.

PUBLICIDAD

Plazos clave para octubre y noviembre

El 15 de octubre es la fecha límite para que los contribuyentes con créditos fiscales firmes soliciten el pago en dos parcialidades. Quienes dejen pasar esa fecha todavía pueden acceder al programa, pero sin esa opción de fraccionamiento reducido.

El plazo general para presentar la solicitud de condonación sobre créditos fiscales ya determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) vence el 31 de octubre de 2026. Después de esa fecha no se aceptan nuevas solicitudes bajo este supuesto.

Existe un tercer plazo para quienes buscan autocorregirse de forma voluntaria, sin que la autoridad haya determinado aún su adeudo: el 31 de diciembre de 2026. Este esquema aplica para contribuciones omitidas que se declaran por iniciativa propia.

PUBLICIDAD

En todos los casos en que se autorice el pago en parcialidades, la última exhibición debe quedar liquidada a más tardar el 30 de noviembre de 2026, respetando la fecha de vencimiento señalada en cada línea de captura.

video informativo SAT de referencia (Servicio de Administración Tributaria/Youtube)

Qué es el programa y en qué ley se sustenta

Ilustración plana de una persona de espaldas sentada frente a una laptop. Alrededor flotan relojes, papeles, billetes y el logo difuso del SAT, que es visible al fondo.
Una persona aguarda frente a una laptop con el logo difuso del SAT al fondo, rodeada de relojes y papeles flotantes que simbolizan la espera y los trámites burocráticos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Programa de Regularización Fiscal 2026 no es un anuncio aislado del SAT: está previsto en el Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026. El SAT definió sus reglas operativas en el Capítulo 9.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, con las reglas 9.2.1 a 9.2.13, y detalló el procedimiento mediante el Comunicado 05/2026, publicado el 22 de enero de ese año.

Quienes se preguntan en qué consiste el beneficio y hasta cuándo pueden pedirlo encontrarán la respuesta en estos términos: el programa permite eliminar hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución sobre adeudos de 2024 o años anteriores, mediante solicitud ante el SAT antes del 31 de octubre si el crédito ya fue determinado por la autoridad, o antes del 31 de diciembre si el contribuyente se autocorrige de forma voluntaria.

El esquema no condona el impuesto principal. Lo que elimina son los accesorios que se acumulan sobre una deuda: las sanciones, los recargos por mora y los gastos de ejecución que el SAT genera cuando inicia un procedimiento de cobro.

El administrador general de Recaudación del SAT, Gari Flores, explicó que el estímulo busca que pequeños y medianos contribuyentes eliminen al 100% esos cargos accesorios generados por adeudos fiscales pendientes de pago.

Quiénes pueden solicitar el beneficio

Una mano enguantada sostiene una lupa sobre un extracto bancario impreso con movimientos resaltados en amarillo y rojo. A un lado, una laptop muestra el logo del SAT.
Una mano con lupa examina un extracto bancario con transacciones resaltadas, mientras una laptop muestra el logo del SAT, simbolizando la rigurosa revisión fiscal de movimientos financieros. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El programa está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no hayan excedido los 300 millones de pesos. Ese tope corresponde al cálculo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Los requisitos para acceder son:

Tener ingresos totales en 2024 de hasta 300 millones de pesos

Contar con adeudos por contribuciones federales o cuotas compensatorias todavía no determinadas por la autoridad

Estar sujeto a facultades de comprobación, es decir, bajo revisión activa del SAT

Tener créditos fiscales firmes ya establecidos por el SAT o la ANAM

Que los adeudos correspondan al ejercicio 2024 o a años anteriores

Entre los conceptos que entran en la regularización están las contribuciones propias, retenidas o trasladadas, los aprovechamientos, las cuotas compensatorias, los recargos y gastos de ejecución, así como multas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas las multas con agravantes.

Contribuyentes excluidos del esquema

No todos los adeudos ni todos los perfiles califican. Quedan fuera del programa:

Contribuyentes publicados de forma definitiva en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación, es decir, empresas señaladas por emitir facturas de operaciones simuladas

Quienes cuenten con sentencia condenatoria firme por algún delito fiscal

Contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT

Quienes ya recibieron condonaciones bajo el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019

Quienes ya utilizaron el estímulo equivalente previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2025

Partidos y asociaciones políticas, entidades federativas, municipios y organismos obligados a entregar su remanente de operación al gobierno federal

Entes ejecutores de gasto conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Montos de condonación y forma de pago

Una mano cuenta billetes de pesos mexicanos sobre una mesa de madera clara. Junto a la mano hay una calculadora, un teléfono móvil y un documento con el logo del SAT.
Una mano cuenta billetes de pesos mexicanos sobre una mesa de madera clara, con una calculadora y un teléfono móvil que muestra una transferencia bancaria, y un documento del SAT de México en el fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El porcentaje de reducción varía según el tipo de adeudo. La condonación llega a 100% en multas, recargos y gastos de ejecución cuando estos se determinan junto con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias omitidas.

El descuento baja a 90% cuando se trata de créditos fiscales firmes constituidos exclusivamente por multas derivadas del incumplimiento de obligaciones distintas al pago, siempre que el contribuyente cumpla con la obligación que originó la sanción.

El pago puede cubrirse en una sola exhibición o fraccionarse hasta en seis parcialidades. Al presentar la solicitud, el procedimiento administrativo de ejecución queda suspendido de forma automática, sin necesidad de garantizar el interés fiscal ante la autoridad.

Pasos para tramitarlo

El trámite puede realizarse en línea o de forma presencial, y no requiere e.firma. Para hacerlo por internet, los pasos son:

Ingresar a sat.gob.mx

Acceder a la sección Mi Portal con RFC y contraseña

Enviar un escrito libre o presentar la solicitud en Servicios por Internet, bajo la opción “Estímulo Fiscal LIF 2026”

Esperar la respuesta de la autoridad

Realizar el pago dentro de los 15 días naturales siguientes a que el SAT emita el formato o línea de captura

Quienes prefieran el trámite presencial pueden acudir a cualquier oficina desconcentrada del SAT correspondiente a su domicilio fiscal, donde recibirán orientación directa sobre el procedimiento y los documentos necesarios para completar la solicitud antes de que venza el plazo correspondiente a su situación.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD