
El crimen contra Paola Buenrostro fue reclasificado este viernes 4 de septiembre, cuando la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) logró que un juez vinculara a proceso a Arturo “N” por feminicidio agravado, luego de que la acusación original fuera por homicidio calificado. La decisión judicial se produjo casi diez años después del asesinato de Paola, ocurrido el 30 de septiembre de 2016.
Durante la audiencia, la Fiscalía capitalina presentó los datos de prueba y, junto con la asesoría jurídica, expuso los argumentos para solicitar la reclasificación. El juez determinó mantener a Arturo “N” en prisión preventiva y estableció un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria.
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La resolución llegó días después de que el imputado fuera detenido y de que una primera audiencia, celebrada el 1 de septiembre, generara protestas por la clasificación inicial del delito.
La Policía de Investigación localizó a Arturo “N” tras casi una década de búsqueda
La aprehensión de Arturo “N” ocurrió el 31 de agosto de 2026 en la colonia El Tráfico, municipio de Nicolás Romero, Estado de México, en cumplimiento de la orden de aprehensión obtenida el 19 de octubre de 2016 por homicidio calificado. La Policía de Investigación (PDI) desarrolló distintas líneas de investigación y realizó diligencias de campo tanto en la Ciudad de México como en el Estado de México.
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Para ubicarlo, la Fiscalía capitalina también solicitó la colaboración de la Fiscalía General del Estado de Baja California, lo que permitió descartar diversas ubicaciones hasta concentrar la búsqueda en Nicolás Romero. En abril de 2023, la institución había ofrecido una recompensa de 500 mil pesos a quien aportara información útil para la localización y aprehensión del imputado.
De acuerdo con la investigación de la Fiscalía, la madrugada del 30 de septiembre de 2016, Paola abordó el vehículo de Arturo “N”, después de que éste contratara sus servicios. Momentos después, pidió auxilio a sus compañeras y enseguida se escucharon dos disparos. Sus compañeras se acercaron al automóvil, donde encontraron a Paola inconsciente en el asiento del copiloto y al imputado con un arma de fuego en la mano. Paola perdió la vida a causa de las lesiones por arma de fuego.
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Según la revista Global de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Paola laboraba como sexoservidora en la colonia Tabacalera, y el presunto origen del crimen fue que el hombre, al percatarse de que se trataba de una persona trans, la asesinó.
La primera audiencia imputó homicidio calificado y provocó protestas
El 1 de septiembre, un día después de la detención, la Fiscalía imputó a Arturo “N” por homicidio calificado, no por feminicidio ni transfeminicidio, conforme a la clasificación de la orden de aprehensión girada en 2016. La decisión provocó el reclamo inmediato de Casa de las Muñecas Tiresias A.C., colectivo encabezado por Kenya Cuevas.
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En un video grabado dentro del Bunker de la fiscalía capitalina, Cuevas denunció que personal del Ministerio Público la nombró como hombre y trabajador sexual, y utilizó un nombre que dejó de usar en sus documentos de identidad desde 2016. Exigió la destitución de la fiscal para la Investigación del Delito de Feminicidio, Brenda Celina Bazán Varela, y pidió ser recibida por la fiscal general Bertha Alcalde Luján.
Activistas entraron al bunker de la fiscalía capitalina para exigir justicia por el caso. Crédito: Casa de las Muñecas Tiresias A.C. Nacional
Cuevas recordó que, cinco años antes, junto con la entonces coordinadora de género Sayuri Herrera Román, se había acordado clasificar la carpeta como feminicidio, porque el transfeminicidio todavía no estaba tipificado. Ese acuerdo no se tradujo en el reconocimiento de la identidad de género de Paola durante los siguientes cinco años, periodo en el que tampoco hubo notificaciones sobre el avance de la carpeta.
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Ese mismo día, la Fiscalía CDMX respondió mediante una tarjeta informativa en la que explicó que la orden de aprehensión de 2016 fue por homicidio, conforme al marco jurídico vigente en ese momento, cuando el transfeminicidio no estaba tipificado y las causales para acreditar feminicidio eran más restrictivas.
La institución sostuvo que la diferencia entre ambas acusaciones no radicaba en el reconocimiento de la identidad de Paola, sino en acreditar los supuestos legales que permitieran establecer que la agresión ocurrió por su condición de mujer. Negó, además, que existiera “una práctica, instrucción o intención institucional de carácter transfóbico” y dejó abierta la posibilidad de reclasificar el delito en etapas posteriores, como ocurrió días después.
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El caso de Paola originó la primera Recomendación por transfeminicidio en la capital
El expediente de Paola fue el primero reconocido como transfeminicidio por la entonces Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, mediante la Recomendación 02/2019, que documentó deficiencias en la investigación inicial y la falta de reconocimiento de la identidad de género de Paola. La FGJCDMX aceptó la recomendación y, en 2021, ofreció una disculpa pública a su memoria y a su familia social.

La exigencia sostenida de justicia por parte de la familia social y de organizaciones trans también contribuyó a la reforma conocida como Ley Paola Buenrostro, que en 2024 incorporó el delito de transfeminicidio al Código Penal de la Ciudad de México. En febrero de 2026, la FGJCDMX emitió además un nuevo Protocolo de Actuación para la Atención a las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+.
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Tras la aprehensión de Arturo “N”, la fiscal general Bertha Alcalde Luján afirmó que la detención representaba “un paso decisivo para que el caso de Paola avance ante los tribunales” y sostuvo que la institución llevaría el proceso “con rigor y perspectiva de género”.
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