Suprema Corte falla a favor de los trabajadores: se priorizará la sencillez en las pruebas de inspecciones laborales

El máximo tribunal determinó que la admisión de este tipo de evidencia debe considerar la funcionalidad y el acceso a la verdad

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El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
La SCJN prioriza el acceso a la verdad y la protección de los derechos de la parte trabajadora al resolver contradicciones sobre la prueba de inspección. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) redefinió los criterios para la admisión de la prueba de inspección en litigios laborales, estableciendo que su función esencial es facilitar el acceso a la verdad y proteger, de modo particular, los derechos de la parte trabajadora.

En una resolución adoptada el pasado 19 de marzo durante sesión de su Pleno, el máximo tribunal determinó que las reglas para este tipo de prueba deben interpretarse de manera flexible y funcional, en sintonía con los principios de realidad y sencillez procesal que rigen el derecho del trabajo, según el comunicado oficial difundido por la Corte.

El nuevo criterio surge tras examinar una contradicción de criterios entre tribunales federales, de los cuales uno exigía un alto nivel de precisión al describir el objeto de la prueba de inspección, mientras el otro permitía que este quedara implícito al indicar los hechos o documentos cuya verificación se pretendía.

La resolución, identificada como Contradicción de Criterios 276/2025, destaca que las posibles imprecisiones en el ofrecimiento de la prueba no constituyen motivo suficiente para rechazarla, a menos que sean tan graves que imposibiliten su realización.

Ante situaciones de duda, debe optarse por su admisión, en concordancia con la obligación de priorizar la solución del conflicto sobre formalismos innecesarios”, de acuerdo con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, informó la SCJN en su comunicado.

La SCJN establece la flexibilidad como principio rector en la prueba de inspección laboral

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
La interpretación flexible y no formalista del artículo 827 de la Ley Federal del Trabajo marcará la nueva pauta en la prueba de inspección. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

El Pleno de la SCJN dispuso que la interpretación del artículo 827 de la Ley Federal del Trabajo, el cual regula los requisitos de la prueba de inspección, debe excluir enfoques formalistas. Según el criterio fijado, no se exige describir con total rigurosidad todos los elementos de la prueba. Basta con que quien la ofrezca especifique de manera clara el hecho, lugar, cosa, documento o situación que busca acreditar.

La Corte subrayó que la prueba de inspección constituye una “garantía” para que la parte trabajadora pueda demostrar hechos relevantes para la causa. Con esta decisión, el tribunal máximo orienta a los jueces laborales a favorecer la búsqueda de la verdad material y a facilitar el acceso a la justicia, priorizando las soluciones sobre los detalles procesales.

SCJN rechaza que la huella digital sea obligatoria para validar el régimen de los pensionados del ISSSTE

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
La eliminación de la huella digital como requisito facilita el trámite de selección de sistema de pensión para los trabajadores del ISSSTE. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

La SCJN resolvió que la firma autógrafa es suficiente para la elección de régimen pensionario en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Este criterio elimina la exigencia tradicional de la huella digital en el documento y constituye un precedente vinculante que otorga mayor certeza jurídica y eficiencia para los afiliados del instituto.

Esta sentencia del Pleno de la Suprema Corte especifica que la ausencia de huella digital no invalida la opción elegida por la persona trabajadora, siempre que se cuente con la firma autógrafa reconocida. Este nuevo marco legal termina con los formalismos que antes obstaculizaban la selección del sistema de pensión y unifica criterios previamente contradictorios en tribunales inferiores.