
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las servidoras y servidores públicos no pueden utilizar recursos del erario para impugnar o pagar multas que les hayan sido impuestas a título personal, incluso cuando deriven del incumplimiento de sentencias de amparo.
El fallo establece que esas sanciones deben ser cubiertas con el patrimonio propio del funcionario responsable.
La resolución se dio al resolver la Contradicción de Criterios 175/2025, en la que el Pleno fijó un criterio obligatorio para todos los tribunales del país.
Con ello, la Corte cerró la puerta a la posibilidad de que dependencias o entidades públicas asuman la defensa o el pago de sanciones económicas impuestas directamente a personas servidoras públicas por desacato o incumplimiento judicial.
SCJN fija criterio sobre multas por incumplimiento de amparo
El máximo tribunal sostuvo que cuando una multa se impone de manera personal a un funcionario por incumplir una sentencia de amparo, la responsabilidad recae exclusivamente en quien incurrió en la falta.

Por tanto, cualquier recurso legal para controvertir esa sanción deberá promoverse con recursos propios.
La institución pública únicamente podría intervenir en la representación jurídica si actúa expresamente en nombre de la persona sancionada y bajo condiciones legales claras, sin que ello implique destinar presupuesto público al pago de la multa.
Uso indebido de recursos públicos es ilegal y puede ser corrupción
El criterio de la Corte se enmarca en el principio constitucional de legalidad y en la prohibición de desviar recursos públicos para fines personales.
El uso de dinero del erario para cubrir deudas particulares constituye una conducta ilícita que puede configurarse como hecho de corrupción.

De acuerdo con el artículo 108 de la Constitución, las personas servidoras públicas son responsables por el manejo indebido de fondos y recursos federales. La malversación puede derivar en consecuencias penales y administrativas.
Sanciones penales y administrativas por desvío de dinero público
Entre las posibles consecuencias por utilizar recursos públicos para fines personales se encuentran:
- Prisión por delitos relacionados con hechos de corrupción.
- Destitución del cargo.
- Inhabilitación para ejercer funciones públicas.
- Sanciones económicas y obligación de reparar el daño.
Además, estas conductas pueden clasificarse como faltas administrativas graves, lo que activa procedimientos ante autoridades de control interno y tribunales de justicia administrativa.
Responsabilidad civil y reparación del daño
Si bien el Estado puede responder frente a terceros por actos de sus funcionarios, conserva el derecho de repetir contra la persona responsable para recuperar los recursos erogados indebidamente.

Esto significa que, en caso de que se genere un daño patrimonial, la autoridad puede exigir al servidor público la restitución correspondiente.
Embargo de sueldos y pago de deudas personales
La legislación mexicana también establece que, en la mayoría de los casos, el sueldo de las personas servidoras públicas no es susceptible de embargo judicial o administrativo.
Este principio refuerza la idea de que las deudas personales deben solventarse con ingresos propios y no con partidas presupuestales asignadas al cumplimiento de funciones públicas.
Con esta resolución, la Suprema Corte refuerza el marco de responsabilidad individual de quienes ejercen funciones públicas y delimita con claridad que el presupuesto gubernamental no puede emplearse para atender sanciones personales.
El criterio busca fortalecer la rendición de cuentas y prevenir el uso indebido del dinero público.
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