
El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) confirmó las medidas cautelares impuestas a la senadora de Morena, Andrea Chávez, por la presunta comisión de actos anticipados de campaña, luego de la difusión de unidades médicas móviles y consultorios rotulados con su nombre, imagen y cargo en diversos municipios del estado.
La decisión mantiene vigente la orden de retirar dicha publicidad mientras se resuelve el fondo del procedimiento sancionador.
Tribunal Electoral de Chihuahua avala actuación del IEE
Durante sesión pública, el pleno del Tribunal resolvió, por mayoría de dos votos a favor y uno en contra, desechar las impugnaciones promovidas por la senadora y por el partido Morena.

Con ello, se ratificaron las medidas cautelares dictadas por el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua.
El magistrado presidente del TEE, Hugo Molina, sostuvo que el IEE sí tiene competencia para intervenir mediante un procedimiento sancionador ordinario, incluso cuando no exista un proceso electoral en curso, siempre que los hechos denunciados puedan vulnerar los principios de legalidad y equidad previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
¿De qué se acusa a Andrea Chávez?
La investigación se origina por la circulación de ambulancias y consultorios médicos que portaban de manera visible el nombre, imagen y cargo de la senadora en distintas regiones de Chihuahua.

Para la autoridad electoral, estos hechos podrían constituir promoción personalizada con fines electorales.
De manera específica, a Andrea Chávez se le señala por:
- Difundir su nombre, imagen y cargo en unidades médicas móviles y consultorios, lo que podría generar reconocimiento anticipado entre la ciudadanía.
- Asociar su figura política a programas y servicios de beneficio social, como la atención médica, lo cual está prohibido por la legislación electoral al tratarse de recursos o acciones con impacto social.
- Reiterar mensajes visuales de posicionamiento político fuera de los tiempos legales, lo que, según el Tribunal, puede influir en la percepción ciudadana rumbo a futuros procesos electorales.
- Obtener una ventaja indebida frente a otros actores políticos, al proyectar su imagen de manera constante y prolongada sin estar en periodo de campaña.
El Tribunal advirtió que este tipo de conductas, aun fuera de periodos electorales, pueden provocar una “afectación irreparable” a la equidad en futuras contiendas.
Argumentos de la defensa fueron declarados infundados
La senadora y su partido argumentaron que no existía proceso electoral alguno y que, por tanto, el IEE carecía de competencia para sancionarla.

También señalaron una supuesta vulneración a la libertad de expresión y al ejercicio de la función parlamentaria.
No obstante, los magistrados concluyeron que las medidas cautelares no impiden la difusión de ideas, opiniones o informes legislativos, sino que únicamente limitan la promoción personalizada asociada a beneficios sociales.
Medidas cautelares siguen vigentes
Con esta resolución, continúa la obligación de retirar el nombre, imagen y cargo de Andrea Chávez de las unidades médicas y consultorios señalados, en tanto se resuelve si incurrió o no en actos anticipados de campaña.

El procedimiento sancionador ordinario permanece en curso y será el que determine si existió una violación a la ley electoral.
Actores políticos de oposición señalaron que la decisión del Tribunal podría sentar un precedente relevante en materia de equidad y uso de imagen en programas sociales en Chihuahua.
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