
El retiro es una de las decisiones más relevantes en la vida de las personas. En la mayoría de los casos, al optar por la finalización de la vida laboral, las y los trabajadores reciben un pago por concepto de pensión. En el caso de quienes cotizaron con el Seguro Social, cuentan con dos opciones para formalizarlo.
Aquellas personas trabajadoras que fueron dadas de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio de 1997 y, por ende, se encuentran bajo el amparo de la Ley del Seguro Social de 1973 cuentan con dos opciones para encaminar el retiro, es decir la modalidad de cesantía, así como la de vejez.
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Cada una de las dos modalidades opera con diferentes criterios y define la cantidad de dinero que la persona recibirá por concepto de pensión. No obstante, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), es necesario que la o el trabajador interesado en pensionarse cumpla con el requisito mínimo de 500 semanas de cotización.

La diferencia principal entre la pensión de Cesantía y la de Vejez del IMSS a tomar en cuenta al iniciar el trámite
De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la diferencia entre la pensión por cesantía en edad avanzada y por vejez radica en la edad en que se cumplen los requisitos indicados en la Ley del Seguro Social. Además, cada una determina el importe de pensión.
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- Pensión por cesantía en edad avanzada.
La pensión por cesantía en edad avanzada permite que una persona opte por el retiro una vez cumplidos los 60 años y antes de los 65, siempre y cuando haya cumplido con las semanas mínimas de cotización. Pese a ello, las personas que opten por esta modalidad solamente podrán aspirar a un porcentaje de una pensión de vejez. La cantidad es determinada por la edad, según la siguiente tabla.
60 años - 75% de la pensión.
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61 años - 80% de la pensión.
62 años - 85% de la pensión.
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63 años - 90% de la pensión.
64 años - 95 % de la pensión.
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- Pensión por vejez.
Por otro lado, la pensión por vejez es la que se otorga a las personas mayores de 64 años y seis meses y cumplen con las semanas de cotización, así como los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social. En ese caso, reciben el monto equivalente al 100% de la pensión.
Cabe recordar que para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el nivel salarial.
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