
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) desmintió una supuesta lista de alimentos permitidos para ingresar a una sala de cine, esta publicación falsa generó debate entre las personas que frecuentan ir a cadenas comerciales para ver películas, ya que cuestionaron los precios de la dulcería, así como las razones por la que las personas ingresan con bebidas y alimentos ajenos al negocio.
Durante la conferencia matutina de Claudia Sheinbaum este 17 de febrero, César Iván Escalante Ruiz, dirigente de Profeco, aclaró las razones por las que los cines pueden negar el acceso a personas que lleven alimentos propios. Sin importar la cantidad de estas golosinas o botanas, Profeco sostuvo que es una acción legal de las cadenas comerciales de cine.
El procurador explicó la razón por la que las personas tiene que acatar estas reglas y abstenerse a llevar alimentos propios, pues estarían incumpliendo en el contrato de los servicios que se adquieren con la compra del boleto para una función de cine.

¿Por qué no puedo meter al cine alimentos propios?
De acuerdo con Iván Escalante, ir a una función de cine es una relación comercial que tiene un contrato y que el consumidor está obligado a cumplir, pues al momento en que adquiere su entrada para su película está aceptándolo.
“Recordar que, asistir a una función de cine es una relación comercial entre dos privados, y quien asiste a la sala de cine está de acuerdo con lo que establece el contrato de adhesión”, compartió.
Si el consumidor quisiera reclamar por no ser clara esta relación contractual, Profeco añadió que las cadenas de cine suelen publicar en sus páginas oficiales estos términos y condiciones, además, el hecho de ignorarlo no es argumento suficiente para no cumplir con los reglamentos de estos establecimientos. Además, enfatizó que el consumidor puede solicitar detalles de este contrato al momento de estar comprando sus accesos al cine, y la empresa está obligada a informarlos.
“Siempre que existe un intercambio de esta naturaleza, existe un contrato aunque el consumidor no lo vea, lo puede pedir al proveedor, lo puede ver, normalmente está en línea y ahí se establecen estos términos y condiciones”, sentenció.
Por último, explicó que lo único ilegal sería que las cadenas de cine obliguen a sus consumidores a adquirir sus productos de dulcería; sí pueden negar el acceso a alimentos propios del público, pero no pueden orillarlos a comprar forzosamente en sus dulcerías, es decisión del consumidor.
“No está mal que el establecimiento les diga que no puedes entrar con alimentos propios, lo que sí estaría mal es que los obligara a consumir alimentos además de ya haber pagado el boleto de cine”, finalizó.
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