
La Clave Única de Registro de Población (CURP) es uno de los documentos más importantes en el país, con el cual muchas personas lo utilizan como un medio de identificación y que le da identidad a la población en México.
De acuerdo con el sitio oficial del Gobierno de México, la CURP es un identificador único compuesto por 18 elementos alfanuméricos, que acredita la identidad de personas mexicanas y residentes extranjeros, lo cual es fundamental para garantizar derechos humanos dentro y fuera de nuestro país.
Desde el año pasado se ha mencionado la posible implementación del CURP Biométrico, el cual servirá para simplificar trámites en territorio mexicano; sin embargo, todavía no hay una información oficial al respecto para realizar el trámite.
Muchas personas, debido a la urgencia de adquirir la CURP, así como lo rápido y sencillo que es obtener este documento en línea, además de que es gratuito, se preguntan si en algún punto del 2025 la Clave Única de Registro de Población será obligatoria y si se debe acudir a las oficinas del Registro Nacional de Población (RENAPO) para capturar los datos biométricos personales.
Lo anterior, con la finalidad de que pueda ser alguna alternativa o que se implemente de manera obligatoria la CURP Biométrica en todo el territorio mexicano.

¿El CURP Biométrico será obligatorio en todo el país a partir de 2025?
Dada la diferente información que ha circulado en redes sociales por el inicio del 2025 y los diferentes trámites donde solicitan la CURP, el Gobierno de México detalló que la Secretaría de Gobernación, a través de la RENAPO, no ha emitido ningún comunicado oficial para hacer obligatorio este trámite.
Agregó que tampoco se ha emitido algún comunicado oficial o pronunciamiento de la dependencia de gobierno federal para que la CURP Biométrica se sujete a la obtención de algún otro trámite o servicio.

“Con relación a información que ha circulado en redes sociales, respecto a la obtención de la “CURP BIOMÉTRICO OBLIGATORIO”. La Segob aclara que no ha emitido ningún comunicado oficial a las entidades federativas para hacerla obligatoria o que se sujete a la obtención de algún otro trámite o servicio. No corresponde a una política respaldada por el Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo)”, detalló el Gobierno de México a través de su página de internet oficial.
Por ello, únicamente y hasta este momento solamente se debe usar la tradicional CURP, que es sencilla y rápida de obtener en el sitio oficial www.gob.mx/curp.
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