
José Alberto García Vilano, alias La Kena, uno de los líderes del Cártel del Golfo, fue liberado luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) cometió errores en el proceso judicial, de acuerdo con los argumentos emitidos por Crescencio Contreras Martínez, juez de Distrito Especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en el estado de Tamaulipas.
La Kena, quien era considerado como un objetivo prioritario para las autoridades federales y del estado de Tamaulipas, fue capturado el pasado 18 de enero dentro de una tienda departamental del municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, en un operativo conjunto por elementos de la Secretaría de Marina (Semar) y agentes de la Fiscalía General de Justicia de ese estado.
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Tras su detención, el líder del Grupo Escorpión o de Los Ciclones fue trasladado durante la madrugada del 20 de enero al Centro Federal de Readaptación Social No 1, mejor conocido como El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez en el Estado de México.
En este lugar, García Vilano quedó a disposición de un juez federal de Tamaulipas, por los delitos de delincuencia organizada, contra la salud y portación de arma de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. Previo a su traslado, la Fiscalía de Nuevo León detalló que efectuó dos cateos en casas de dos municipios de la entidad, aunque luego se informó que fueron tres.
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“Positivo para el aseguramiento de dosis de vegetal verde con características compatibles con la droga conocida como marihuana y objetos que materializan el delito contra la salud. (narcomenudeo)”, informó la Fiscalía de Nuevo León.
Hasta ese momento se desconocían los detalles del proceso judicial en contra de La Kena. Sin embargo, la Secretaría de Gobernación (Segob) informó el pasado 30 de enero que el Gobierno de México presentó ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión una denuncia de juicio político en contra de Crescencio Contreras Martínez, al supuestamente favorecer a integrantes de grupos criminales que operan en la frontera norte del país.
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“Existe una serie de elementos que hacen presumir que las determinaciones del juez de Distrito no están apegadas a los principios constitucionales y legales”, debido a que ha sostenido criterios que permitieron la liberación de objetivos generadores de violencia en agravio del interés público”, se lee en el comunicado.
De acuerdo con la Segob, en la denuncia entregada a los legisladores se destaca “la liberación de personas pertenecientes al grupo criminal presuntamente vinculado con el reciente secuestro de 31 personas migrantes en Tamaulipas, así como otros actos relacionados con la delincuencia organizada como el tráfico de fentanilo, la posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y cohecho”.
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La petición de la Secretaría de Gobernación se fundamenta en el argumento de que la liberación de La Kena fue improcedente. No obstante, a través de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED), Contreras ha explicitado las razones que, según él, justificaban su decisión.
Agregó que en uno de los cateos antes mencionados, se localizaron 2 armas de fuego largas y 257.8 gramos de clorhidrato de cocaína, así como una licencia de conducir a nombre de “la persona señalada”, por lo que se libró una orden de aprehensión.
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En la audiencia inicial, realizada la tarde del 20 de enero, la defensa de La Kena argumentó que no tuvo comunicación con su representado, al tiempo de que solicitó la revisión de la carpeta de investigación de la FGR, toda vez que le fue negado por el Ministerio Público de la Federación.
En tanto, la FGR formuló imputación únicamente por los hechos constitutivos de delitos cometidos en el cateo: delincuencia organizada con propósito de colaborar al fomento de delitos en materia contra la salud, en modalidad de comercio, en su variante de venta; así como posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
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La audiencia inicial se suspendió luego de que La Kena se acogió al plazo constitucional de 144 horas para resolver su situación jurídica, por lo que el proceso se reanudó hasta el jueves 25 de enero.
“Luego del debata surgido entre las partes, se estimó que no se cumplieron los requisitos que prevé el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales, por lo que se dictó un auto de no vinculación a proceso a favor del imputado”, se lee en el comunicado de la JUFED.
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La Fiscalía General de la República (FGR), señaló el juez, presentó únicamente un indicio contra García Vilano; una licencia apócrifa que, en su opinión, no era suficiente para sostener la acusación, al tiempo que no acreditó que el inmueble cateado fuera de La Kena.
“Solo tenían un indicio contra él, una licencia apócrifa”, aseveró Contreras, detallando el principal error que, a su juicio, cometió la FGR durante el proceso contra La Kena.
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La Secretaría de Gobernación y la FGR aún no han respondido públicamente a las explicaciones proporcionadas por Contreras acerca de la insuficiencia de pruebas.
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