Rechazan un amparo para que el gobierno reestablezca el FONID en la provincia de Buenos Aires

Un juez federal rechazó un pedido de la Federación de Educadores Bonaerenses. Sostuvo que la finalización del FONID fue una decisión que se tomó “en ejercicio de las atribuciones propias de gobierno”

Guardar
Google icon
marcha docente en el obelisco
La justicia rechazó un amparo por la eliminación del FONID

El juez federal de La Plata Alberto Recondo rechazó un amparo que presentó la Federación de Educadores Bonaerenses “Domingo Faustino Sarmiento” (FEB) para que el gobierno nacional de Javier Milei reestablezca el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) para la provincia de Buenos Aires.

La FED reclamó en su amparo que mediante el decreto 280/2024 el Poder Ejecutivo Nacional dejó de transferir a la provincia de Buenos Aires las partidas presupuestarias correspondientes a favor de los trabajadores docentes representados por esa entidad, lo que estuvo vigente durante casi 25 años, por lo que se trata de un derecho adquirido. La Federación sostuvo que el estado nacional es el garante en primer término del derecho a enseñar y aprender y que suspender las partidas del FONID es “un acto arbitrario e injustificado, afectando la economía de los trabajadores de la educación, eliminando un rubro remunerativo de su salario”.

PUBLICIDAD

Los abogados del Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello y cuya cartera tiene el área de educación, pidieron que el amparo se rechace. Explicaron que el FONID es algo transitorio cuya vigencia venció y el gobierno decidió no continuar.

En su resolución, el juez Recondo repasó todos los antecedentes y prórrogas del FONID y señaló que “el legislador le asignó carácter temporal y transitorio,” y que “surge que con el dictado del decreto 280/2024 el Poder Ejecutivo Nacional no eliminó el FONID, como sostiene la actora, sino que en ejercicio de las atribuciones propias de gobierno tomó la decisión de no prorrogar la vigencia del mismo, para lo cual no fue necesario el dictado de norma alguna, ya que el mismo perdió vigencia de pleno derecho con fecha”.

PUBLICIDAD

“En este sentido, se aprecia que el Poder Ejecutivo hizo mérito de las herramientas previstas expresamente en la normativa vigente; así, el decreto en cuestión se ajusta a las previsiones de los arts. 99 inc. 2° de la Constitución Nacional y 37 de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional”, agregó el magistrado.

Recondo también señaló que “no es propio del cometido fijado al Poder Judicial en el art. 116 de la Constitución Nacional dictar una sentencia con carácter de norma general derogatoria de las disposiciones en cuestión implementando un mecanismo de reemplazo en su lugar; lo que implicaría sustituirse a competencias propias de los otros poderes del Estado”.

100 dias gestion javier milei
La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, (Foto NA)

Por eso explicó que el pedido de la FED de que se le ordene al gobierno enviar a la provincia de Buenos Aires partidas presupuestarias para reemplazar al FONID “implica, por un lado, la adopción de una decisión de orden operativo con directa incidencia sobre la ejecución del Presupuesto General de la Nación y, por otro, incursionar en la ponderación del ejercicio de la política estatal orientada a la asignación, administración y distribución de los recursos públicos, potestad reservada a los poderes del Estado con competencia para ello”.

“Se trata de una decisión de gobierno tomada por el poder administrador nacional en el marco de sus funciones, respecto de la cual no se advierte una ilegitimidad manifiesta, y ha de recordarse que los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria”, amplió sus fundamentos el juez. Y agregó que, por lo tanto, “no corresponde inmiscuirse en las razones de oportunidad, mérito o conveniencia de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo, sino estrictamente respecto de su adecuación constitucional”.

También rechazó el argumento de que el FONID es un derecho adquirido por haber tenido vigencia durante 25 años. “La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que nadie tiene derecho a la inmutabilidad del ordenamiento jurídico, ya que las normas se aplican a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes a partir del momento de su vigencia”, explicó.

Google icon

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

Últimas Noticias

Hotesur-Los Sauces: el TOF 5 fijó fecha para la audiencia preliminar de un nuevo juicio contra Cristina Kirchner

La convocatoria permitirá que todas las partes revisen la validez de la prueba acumulada y definan la lista de testigos. Es el paso previo para pactar el día de inicio del debate oral

Hotesur-Los Sauces: el TOF 5 fijó fecha para la audiencia preliminar de un nuevo juicio contra Cristina Kirchner

“Naufragaron cumpliendo un acto de servicio”: el emotivo discurso de un testigo submarinista sobre los 44 tripulantes del ARA San Juan

En el debate oral por la tragedia del submarino, un ex jefe naval defendió la capacidad operativa del buque y agradeció al tribunal de Santa Cruz por “no mancillar” la memoria de los 44 marinos

“Naufragaron cumpliendo un acto de servicio”: el emotivo discurso de un testigo submarinista sobre los 44 tripulantes del ARA San Juan

Le robaron la moto, el seguro se negó a pagar y la Justicia rechazó su demanda: el detalle que le hizo perder el juicio

El dueño del vehículo fue a tribunales para reclamar la cobertura, pero la sentencia le dio la razón a la aseguradora. El tribunal ratificó que la protección contractual no estaba vigente al momento del siniestro debido a una omisión del propietario. No solo se quedó sin la motocicleta, sino que deberá cubrir los gastos del proceso judicial

Le robaron la moto, el seguro se negó a pagar y la Justicia rechazó su demanda: el detalle que le hizo perder el juicio

Denunció que cables de alta tensión dañaron su auto, la Justicia rechazó la demanda y deberá pagar los gastos judiciales

El dueño de un vehículo demandó a la empresa distribuidora de energía y a la municipalidad por un incidente en 2020. Según la sentencia, el relato del demandante y las fotos presentadas fueron insuficientes para demostrar el siniestro. Sin evidencias sólidas, el reclamo se desmoronó y el denunciante quedó a cargo de las costas procesales

Denunció que cables de alta tensión dañaron su auto, la Justicia rechazó la demanda y deberá pagar los gastos judiciales

Cinco organizaciones civiles respaldaron la reforma al sistema de selección de jueces impulsada por la Corte

Poder Ciudadano, Unidos por la Justicia, FORES, Usina de Justicia y Fundación Nuevas Generaciones expusieron este jueves en el Consejo de la Magistratura. Todas apoyaron el proyecto aunque plantearon matices y mejoras

Cinco organizaciones civiles respaldaron la reforma al sistema de selección de jueces impulsada por la Corte