
La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a una mujer por un delito de robo con intimidación cometido contra un anciano de 81 años al que obligó a retirar 4.000 euros de su cuenta bancaria después de hacerle creer que pretendía ayudarlo.
En su sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Segunda ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa, que solicitaba la absolución de la acusada y, de forma subsidiaria, una reducción de la responsabilidad civil, y ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería.
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Además de la pena de prisión, la mujer tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros del perjudicado y comunicarse con él durante tres años y deberá indemnizarlo con 4.000 euros, cantidad que no ha recuperado.
Los hechos se remontan al 1 de diciembre de 2022. La acusada, que había conocido al octogenario el día anterior, le hizo creer que pretendía ayudarlo debido a su avanzada edad y a que vivía solo, aunque aquella mañana comenzó a mantener con él una actitud "intimidatoria y amenazante".
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Según los hechos probados, la mujer hizo que dos hombres desconocidos siguieran constantemente al perjudicado por la calle sin dejarlo solo y lo coaccionó para que le entregara dinero con expresiones como "mal se va a poner la cosa", lo que le causó "un gran temor" al sentirse "indefenso".
La acusada obligó primero al anciano a retirar 1.000 euros de su cuenta bancaria a las 9,40 horas y este guardó el dinero en un cajón de su vivienda. Media hora después, volvió a obligarlo a acudir al banco, donde sacó otros 3.000 euros.
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Tras esta segunda retirada, ambos acudieron a otra entidad bancaria, donde, pocos minutos después, el perjudicado vio cómo la mujer ingresó 3.900 euros en una cuenta a nombre de su hija menor de edad, en la que ella figuraba como representante legal. Cuando regresó a su vivienda, el anciano comprobó que los primeros 1.000 euros que había guardado en el cajón habían desaparecido.
La defensa recurrió la condena al sostener, entre otros argumentos, que existía un error en la valoración de la prueba y que la declaración del perjudicado no se correspondía con las imágenes de las cámaras de seguridad.
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Sin embargo, la Audiencia ha concluido que no existe "ninguna contradicción" entre su declaración y las grabaciones y ha señalado que estas, por el contrario, "vienen a corroborar su relato". El tribunal también ha tenido en cuenta las certificaciones bancarias que acreditan las dos retiradas de dinero y el posterior ingreso de 3.900 euros.
La Sala ha considerado "inverosímil" la versión de la acusada, quien afirmó que el hombre, al que había conocido el día anterior, le había prestado voluntariamente 3.000 euros que ella debía devolver "poco a poco".
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El tribunal ha destacado que apenas se conocían desde el día anterior, que no dejaron constancia por escrito del supuesto préstamo y que la mujer "no volvió a dar señales de vida". Además, ha señalado que ingresó 3.900 euros y no 3.000 y que no justificó la procedencia de los otros 900 euros que aseguró que llevaba en el bolso.
Por ello, la Audiencia ha concluido que los hechos probados son fruto de una "correcta valoración de la prueba" y ha confirmado íntegramente la condena.
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