Acusaciones mantienen petición de penas de hasta 30 años por asesinato para el acusado de matar a un hombre en Bilbao

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Las acusaciones en el juicio contra el varón encausado por la muerte de un hombre de 73 años en Bilbao en octubre de 2021, al que se le imputan cinco muertes y dos intentos de asesinato de varones con los que quedaba a través de una aplicación de citas para homosexuales, mantienen sus respectivas peticiones de penas de hasta 30 años por asesinato con alevosía y estafa, mientras que la defensa solicita la libre absolución porque "no se ha probado absolutamente nada".

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha acogido este martes la quinta sesión del juicio con tribunal del jurado contra el varón de 29 años acusado de la muerte de un hombre de 73 años el 5 de octubre de 2021 en su vivienda en Bilbao, que se habría producido por una insuficiencia cardiorrespiratoria, y por un delito de estafa que ascendería a 3.000 euros. Se trata del segundo juicio con jurado por una de las cinco muertes que se le imputan.

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El procesado, que se encuentra en prisión, acumula penas de 37 años por el asesinato con alevosía de un varón con el que quedó a través de una app de citas para homosexuales en octubre de 2021, por tentativa de asesinato en diciembre de 2021 de otro varón, y por estafa continuada por sacar dinero de una tarjeta cuyo titular había muerto, un caso que el Tribunal Constitucional ha ordenado reabrir tras haberse archivado al no encontrar signos de violencia.

En la sesión de este miércoles, se ha procedido a la reproducción de prueba documental y presentación de calificaciones finales e informes definitivos por las partes. El Ministerio Fiscal ha mantenido su solicitud de pena de 16 años por homicidio y estafa continuada, mientras que la acusación particular ha elevado a definitiva también su petición de 30 años por asesinato y robo con violencia con agravante de reincidencia.

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La acusación popular ejercida por Gehitu, Asociación de Gais, Lesbianas, Trans, Bisexuales e Intersexuales del País Vasco, también ha elevado a definitivas sus calificaciones y solicita casi 29 años de prisión por asesinato con alevosía con la agravante de discriminación por orientación sexual y estafa informática, mientras que la defensa ha pedido la libre absolución.

En concepto de responsabilidad civil, las acusaciones demandan entre 42.000 y 65.000 euros de indemnización para los familiares del fallecido, así como la reposición de 3.000 euros que el encausado habría transferido de la cuenta de la víctima a la suya.

En su informe, la representante del Ministerio Fiscal ha considerado "acreditado que, más allá de toda duda razonable, el acusado sí cometió los hechos y que, por lo tanto, es culpable de los delitos de los que se le acusa".

La fiscal ha señalado que la autopsia fija la muerte en torno a las 21.00 horas del 5 de octubre de 2021 y ha subrayado que, "en el mismo momento aproximado del fallecimiento y tal y como ha quedado plenamente acreditado de manera documental", se realizan dos transferencias desde la cuenta de la víctima "a una cuenta que ha resultado ser de la titularidad única del acusado", por importe de 2.000 euros a las 21.00 horas y de 1.000 euros a las 21.02 horas.

Tras subrayar que "esta coincidencia temporal entre el momento aproximado del fallecimiento y el momento en que tienen lugar las transferencias resulta de suma importancia", la fiscal ha indicado que, según la información facilitada por la entidad bancaria de la víctima, ésta entraba a la app de su cuenta identificándose con su DNI y también "mediante huella digital registrada en su dispositivo", que también se desbloqueaba por huella digital.

Del contenido extraído de su terminal, ha apuntado, "se constata que el último acceso a la aplicación tuvo lugar el 5 de octubre de 2021 a las 20.56 horas y que a las 21.00 y 21.02 recibió dos mensajes de la entidad conteniendo la clave numérica de confirmación de un solo uso de cada una de las transferencias", mensajes que posteriormente fueron "borrados manualmente".

Aunque, según ha recordado, agentes de la Ertzaintza indicaron que no es posible del desbloqueo de un móvil con huella dactilares si la persona está fallecida, la representante de la Fiscalía ha insistido en que esto no desvirtúa su tesis acusatoria porque "las horas a las que tiene lugar el acceso a la aplicación bancaria y las transferencias coinciden con el momento aproximado de la muerte".

Según ha mantenido, con una horquilla aproximada de la muerte entre las 20.00 y las 22.00 horas, la conclusión lógica es que "para acceder a la app y realizar las transferencias" la víctima "estaba aún viva, pero tuvo que fallecer en los momentos posteriores".

También ha considerado acreditado que el acusado contactó con la víctima a través de una app de citas, que "concertaron un una cita que tendría lugar en el domicilio" del fallecido y que la víctima tenía en su móvil el teléfono del encausado.

El acusado, ha dicho, "acudió al domicilio y, encontrándose en el mismo y para obtener un beneficio económico, no dudó en causar la muerte" del varón de 73 años, "empleando la huella dactilar del mismo para acceder a su teléfono, a la aplicación bancaria y realizar las transferencias, mientras todavía tenía vida" y "acto seguido abandonó el domicilio".

También ha recordado al jurado que, en base a los informes de telefonía móvil y al análisis de las antenas, la Ertzaintza considera "compatible" que el acusado estuviera entre las 20.20 y las 21.15 horas en las inmediaciones de la vivienda de la víctima, en la calle Gabriel Aresti, y a las 21.30 horas en las cercanías de su domicilio en la calle Cantera.

Además, ha dicho que las investigaciones realizadas del global de presuntos de homicidio, asesinato y tentativa de asesinato que se le atribuyen muestran "a las claras un patrón: que recibía dinero de las víctimas y que cuando se gastaba, acudía a buscar nuevos ingresos".

Asimismo, ha señalado que, según los forenses, aunque se determinó la muerte natural, no se puede descartar la asfixia como causa del fallecimiento y, en cuanto a la ausencia de huellas en el domicilio de la víctima, ha recordado que se buscaron evidencias nueve meses después del fallecimiento ya que cuando se halló el cadáver no hubo sospechas de muerte violenta.

ASESINATO CON ALEVOSÍA

Las acusaciones particular y popular han secundado el relato de los hechos del Ministerio Fiscal. El abogado de la familia de la víctima ha dicho que lo importante es que la defunción "es compatible con una muerte homicida" y, además, eleva la pena a asesinato con alevosía, porque el fallecido estaba "confiado, relajado y esperando una agradable velada", lo que "evita cualquier tipo de respuesta". "La posibilidad de defensa era nula dadas las circunstancias físicas de uno y otro", ha añadido.

Desde la acusación particular califican los hechos como asesinato con alevosía, con el agravante de discriminación por orientación sexual homosexual, por considerar que fue el "factor diferenciador que determinó" que la víctima fuera seleccionada por el acusado.

La defensa ha criticado que, en este caso, hay "una alineación conveniente de piezas que han ido encajándose con ciertos esfuerzos de las acusaciones", que "no han probado absolutamente nada" aunque se han esforzado "de forma denonada". Su defendido, ha indicado, "siempre ha declarado exactamente lo mismo" y ha admitido que "recibía tarjetas de crédito y sacaba dinero, que había terceras personas implicadas y que el no era la persona en ningún caso que mató o asesinó a nadie" porque "ni siquiera estuvo" con las víctimas.

Este miércoles está previsto que se realice la entrega del objeto del veredicto al tribunal del jurado y, posteriormente, éste se retire para iniciar las deliberaciones. El acusado ha rehusado hoy hacer uso de su derecho a la última palabra.

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