
Las declaraciones del jurado revelaron que el acusado principal accedió a bases de datos protegidas, recurriendo en ocasiones a otros agentes de la Guardia Civil para obtener la información solicitada, sin que estos tuvieran conocimiento del uso final de dichos datos. Según informó el medio, durante la lectura del veredicto se expuso que el agente involucrado, de nombre Juan Luis, utilizó su posición para consultar información reservada vinculada a vehículos, información a la que solo se puede acceder en el marco de las funciones propias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Con base en lo publicado por el medio, el jurado popular resolvió por mayoría de ocho votos sobre nueve que el guardia civil proporcionó datos sensibles a su excuñado, Francisco Javier, a cambio de una compensación económica. Además, el veredicto determinó de forma unánime que el agente aprovechó su acceso exclusivo a sistemas auditados para suministrar esta información, la cual incluía detalles como los titulares de vehículos o la situación de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
El jurado estableció, de acuerdo a los hechos referidos por la fiscalía y recogidos por el medio, que el entonces cuñado del guardia civil mantenía una relación de amistad de varios años con Juan Luis. Este vínculo de confianza permitió el acuerdo, mediante el cual Francisco Javier ofreció una remuneración con el fin de emplear los datos confidenciales en su trabajo como investigador privado. La información facilitada fue utilizada en labores remuneradas para una agencia de investigación, precisó el jurado tras la valoración de la prueba.
Según detalló el medio, el fiscal solicitó para ambos acusados la pena mínima prevista por el delito de cohecho, requiriendo tres años de prisión para cada uno. Además, para Juan Luis planteó la inhabilitación para ejercer cargo público y un año adicional de prisión por el delito de revelación de secretos. También señaló que, aunque el jurado se mostró favorable a valorar la suspensión de la pena dado el contexto del caso, la Fiscalía rechazó esta opción por superar la limitación temporal de dos años que establece la ley para estos supuestos.
Durante el juicio, la defensa de Juan Luis sostuvo que los datos trasladados correspondían a información accesible públicamente a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), poniendo en duda la calificación del delito. La fiscalía, por su parte, argumentó que la información era de carácter íntimo y no podía ser obtenida de forma pública. El representante del Ministerio Público preguntó ante el tribunal: “Si se tratase de datos públicos, ¿por qué iba Francisco Javier a hacer uso de la condición de su excuñado de Guardia Civil?”
En cuanto a la intervención de la defensa de Francisco Javier, esta negó la existencia de elementos probatorios suficientes para acreditar el cohecho activo. El letrado argumentó que, aparte de los mensajes entre los acusados, no existían otras pruebas que corroboraran un acuerdo delictivo, y que dichos intercambios debían interpretarse en el marco de la relación de confianza entre ambos.
Según recogió el medio en la crónica de la jornada, el guardia civil se mostró afectado por el veredicto. Su defensa calificó como “desproporcionada” la sanción de inhabilitación definitiva, sugiriendo que las irregularidades podrían haberse resuelto mediante canales internos de disciplina y no por la vía penal.
El jurado coincidió en confirmar la narración de los hechos propuesta inicialmente por el Ministerio Público: el agente accedió a las bases de datos no por causas de servicio, sino para responder a intereses particulares a cambio de una dádiva. Así, el tribunal consideró probado que el agente, consciente de la ilegalidad y movido por el ánimo de lucro, recurrió a compañeros en algunas ocasiones para conseguir los datos y ocultar el origen de la información, sin que estos conocieran su destino.
Finalmente, el pronunciamiento del jurado avaló plenamente las acusaciones presentadas por el Ministerio Público de cohecho y revelación de secretos. La información transmitida a lo largo del proceso judicial ha remarcado el carácter confidencial de los datos y la responsabilidad que implica su manejo dentro de la función pública, cuestión que se convirtió en eje central tanto en la valoración del jurado como en el debate entre las partes.

