El TSJN advierte de que el uso fraudulento de inteligencia artificial es sancionable por mala fe procesal

Una resolución de la Sala de lo Social destaca que el empleo irresponsable de nuevas tecnologías, especialmente aplicaciones automatizadas, conlleva consecuencias legales y éticas, y puede acarrear sanciones económicas en los procesos judiciales si se detecta mala práctica profesional

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La resolución judicial destaca que la reacción inmediata de la abogada, reconociendo el error y solicitando el archivo del expediente sancionador, fue clave para que la Sala decidiera no imponer una sanción económica. Según informó el medio, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) subrayó en su resolución que la pronta disculpa presentada por la profesional y su explicación sobre el descuido cometido con las citas judiciales influyeron en que el procedimiento quedara archivado, aunque la advertencia sobre las implicaciones legales y éticas del uso de inteligencia artificial se mantiene vigente para futuras ocasiones.

De acuerdo con el TSJN, el caso comenzó en octubre de 2025, cuando la abogada presentó un recurso que incluía ocho citas inventadas supuestamente extraídas de sentencias de diversos tribunales españoles, entre ellos el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y varios tribunales superiores autonómicos. Tal como consignó la propia Sala, los magistrados consideraron que el empleo de información ficticia, generada por inteligencia artificial o por cualquier otro medio, puede ser sancionable económicamente como muestra de mala fe procesal y abuso del procedimiento, debido a sus implicaciones en el respeto al proceso judicial y a la función jurisdiccional.

La Sala de lo Social del TSJN detalló que el uso irresponsable de nuevas tecnologías en los procedimientos puede presentar serios desafíos legales, deontológicos y éticos para los profesionales del Derecho. En el texto de la resolución citado por el medio, la Sala advirtió: “No nos cabe duda que el uso descuidado de estas tecnologías en los procedimientos judiciales plantea importantes implicaciones deontológicas y, desde luego, es susceptible de integrar un claro ejemplo de mala fe procesal y de abuso del proceso”. Esta afirmación se sitúa en el contexto de un procedimiento que buscaba depurar responsabilidades por la utilización de información generada de manera fraudulenta.

El 20 de febrero, el Tribunal acordó abrir una pieza separada para investigar la posibilidad de mala fe procesal, en respuesta a la presentación del recurso con las citas inventadas. En la resolución se sostenía que la actuación de la letrada suponía una vulneración de la buena fe procesal, además de una falta de respeto a los magistrados y una perturbación del trabajo jurisdiccional al haber obligado al tribunal a valorar las consecuencias de esa irregularidad.

Cinco días después de que se formalizara la investigación, la abogada expresó en un escrito su “sincero reconocimiento expreso del error sin voluntariedad, por falta de revisión y en la confianza del borrador preparado”, anunciando la retirada del contenido afectado y rogando que se tuvieran por no presentadas tanto las citas como las transcripciones adulteradas. Según reportó el medio, la letrada ofreció una disculpa formal y personal, reiterando en otra comunicación fechada el 3 de marzo su error por falta de revisión y argumentando que la sola apertura del expediente sancionador ya había supuesto un aprendizaje para ella. En esa ocasión, pidió nuevamente el archivo del proceso en su contra.

El medio explicó que, según la Ley de Enjuiciamiento Civil, las multas por este tipo de conductas pueden variar entre 180 y 6.000 euros, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del caso. Aunque en esta ocasión la Sala optó por no imponer una sanción pecuniaria, el tribunal enfatizó que este hecho debe servir de advertencia para todos los actores jurídicos sobre las consecuencias de una utilización poco rigurosa de herramientas tecnológicas, especialmente la inteligencia artificial.

El TSJN insistió en que el empleo de tecnologías emergentes y materiales generados por inteligencia artificial en procesos legales conlleva la obligación de realizar una verificación y validación adicional de los documentos presentados. Según remarca la resolución, la tarea de revisar y certificar la precisión de la información continúa siendo “responsabilidad de los abogados para garantizar la precisión y el cumplimiento normativo”. Además, la Sala recordó que una actitud negligente en este aspecto puede derivar en sanciones por mala fe procesal y suponer una afectación al derecho a una administración de justicia adecuada.

La resolución destaca que el procedimiento judicial no debe verse comprometido por la introducción de datos falsos o manipulados, ya que esto altera el desarrollo del proceso, menoscaba la confianza en el sistema y sobrecarga a los tribunales con la tarea de detectar y corregir irregularidades. El medio recogió que, en este caso específico, la decisión de archivar el expediente respondió a la singularidad de la reacción inmediata y consciente de la abogada, aunque la Sala advierte que en futuras ocasiones situaciones similares podrían conllevar sanciones y consecuencias más severas para quienes incurran en prácticas comparables.

El caso ha quedado archivado sin multas, pero la advertencia se hace extensiva para la profesión y sienta un precedente sobre la vigilancia y el uso ético y responsable de las nuevas tecnologías en el entorno judicial, según publicó el medio.