
La Sala Tercera de la Audiencia Nacional concluyó que Francisco González, expresidente del BBVA, era plenamente consciente de la índole y los métodos del Grupo CENYT, liderado por el excomisario José Manuel Villarejo, cuando ordenó la contratación de sus servicios. El tribunal aseguró que González conocía que la obtención de información mediante estos contratos no respetaba la legalidad vigente y que implicaba la utilización de funcionarios policiales para acceder de manera ilícita a datos personales e íntimos y a bases de datos restringidas, lo que incide en los derechos fundamentales de las personas investigadas sin contar con autorización judicial. Esta decisión mantuvo el procesamiento tanto de González como de la entidad financiera y de varios exdirectivos del banco, según informó Europa Press en base a datos avanzados previamente por el medio Expansión.
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado una condena de 173 años de prisión para González y una multa de 181 millones de euros para el BBVA, de cara al posible juicio por la contratación de Villarejo, quien prestó servicios al banco entre 2004 y 2006, según detalló Europa Press. En el escrito de acusación, se atribuyen sendos delitos de cohecho activo y descubrimiento y revelación de secretos con difusión a terceros. El procesamiento afecta también a otros exdirectivos de la entidad.
La instrucción de este caso quedó finalizada en junio de 2024, a raíz de un auto del juez instructor Manuel García Castellón, que cerró la llamada pieza separada 9 del denominado ‘caso Villarejo’. El magistrado planteó que, junto a Villarejo y González, otros altos cargos del banco debían responder en juicio por los presuntos delitos. El mismo auto de 268 páginas explica que el inicio de los hechos comenzó con la contratación del excomisario de Policía Julio Corrochano por parte del BBVA en septiembre de 2002. Esta contratación, con la vista buena de González en calidad de presidente ejecutivo, convirtió a Corrochano en un nexo entre el banco y otros compañeros de la Policía, como Villarejo y Enrique García Castaño.
El juez García Castellón describe cómo Villarejo, aún en activo en el cuerpo policial, aprovechó su posición para articular una estructura empresarial opaca (Grupo CENYT) y lucrarse mediante la explotación de su acceso privilegiado a registros policiales e información reservada. Según la resolución judicial, Corrochano informó a González de la doble actividad de Villarejo, garantizándole que el uso del Grupo CENYT aportaría discreción absoluta. El auto señala: “Conociendo Julio Corrochano esta doble actividad de su amigo y compañero, José Villarejo Pérez, a través del denominado Grupo CENYT, le comunicó a su presidente, Francisco González, la existencia de tal anómalo e ilegal recurso, garantizando la total discreción y opacidad si se recurría al mismo”.
El Palacio de Justicia recogió en su escrito que la falta de controles internos dentro del BBVA permitió que se autorizara la contratación de este tipo de servicios, implicando solo a un reducido grupo de altos directivos en el conocimiento de dichas operaciones. Estas contrataciones formaban parte de proyectos denominados de inteligencia que, según reflejó la investigación, involucraron seguimientos personales, intervenciones en comunicaciones, consultas a bases de datos sobre particulares y pesquisas patrimoniales sobre empresarios, abogados, periodistas y otras figuras relevantes.
Según consignó Europa Press, el juez instructor sostuvo que la contratación de Villarejo derivó en proyectos de obtención ilícita de información orientada a influir en la toma de decisiones del banco y proteger la integridad de la entidad ante determinados intereses externos. Las acciones descritas por la Fiscalía y el propio instructor se considerarían delitos continuados de cohecho y revelación de secretos, lo que llevó a la Audiencia Nacional a rechazar los recursos que solicitaban el archivo de las actuaciones.
La investigación judicial también reveló que Villarejo empleó su condición dentro de la Policía para acceder de manera indirecta a registros de acceso restringido, facilitando, mediante su grupo empresarial, que el BBVA pudiera obtener información bajo total discreción. Los contratos firmados durante este periodo estarían destinados a prácticas como el seguimiento de individuos y la consulta de información privada sin garantías legales.
En cuanto a la responsabilidad del BBVA como entidad jurídica, la instrucción subraya que las decisiones ejecutivas se adoptaron en ausencia de programas de control y supervisión internos. Esta circunstancia habría permitido que las prácticas presuntamente irregulares se desarrollaran sin obstáculos, según fuentes jurídicas citadas por Europa Press.
El futuro juicio oral deberá determinar la responsabilidad penal de los imputados y el alcance de las actividades ilícitas que se atribuyen a la entidad y a su expresidente. Los hechos investigados involucraron, según el auto judicial y los informes de la Fiscalía, tanto la presunta corrupción de funcionarios públicos, como la vulneración sistemática del derecho a la intimidad de numerosas personas a través de la obtención y circulación de información confidencial.
La Fiscalía basa su petición de penas y sanciones en la reiteración y gravedad de los hechos, que, de acuerdo con los autos, no se limitaron a un evento aislado, sino que formaron parte de una práctica sistemática sostenida durante varios años bajo la dirección de altos responsables del banco y de personal policial colaborador. De acuerdo con lo expuesto por Europa Press, la Audiencia Nacional consideró que existen suficientes indicios para fundamentar la acusación, lo que impidió el sobreseimiento de la causa.
El procedimiento judicial contra Francisco González, el BBVA y otros exdirectivos sigue ahora su curso, a la espera de la fijación de la fecha de juicio y de la resolución final sobre la presunta responsabilidad penal derivada de la relación entre la entidad financiera y las estructuras empresariales de Villarejo.


