
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condenó a cuatro años de cárcel y una multa de 180.000 euros a un hombre que utilizó a su hijo de tres años para blanquear dinero procedente de la venta de droga en El Puerto de Santa María.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, el acusado formaba parte de un entramado de venta de droga al por menor en El Puerto, junto a otros acusados en un procedimiento diferente. Así, como hechos probados, la Audiencia da que "con el producto del dinero ilícito obtenido con la venta de sustancias estupefacientes, el acusado no sólo disfrutaba a nivel personal de tales ganancias, sino que el día 15 de febrero de 2019 acudió en compañía de su mujer a una notaría de El Puerto de Santa María donde, con el consentimiento de esta, otorgaron escritura pública de donación en la que entregan un importe de 65.000 euros en metálico en favor de su hijo de tres años de edad, a sabiendas por parte únicamente del acusado de la procedencia delictiva del dinero entregado y con el objetivo de darle cobertura legal".
Además, "a renglón seguido, y con el mismo ánimo que en el caso anterior, formalizó una escritura pública de compraventa de una vivienda en El Puerto en la que por un importe de 57.000 euros, que abona en metálico, la compra figurando como comprador su hijo de tres años de edad", actuando el acusado como representante legal del menor de edad, "consiguiendo de esta forma una maniobra exitosa en la que el dinero ilícito, producto de las sustancias estupefacientes, se convierte en una vivienda propiedad de un menor de tres años de edad".
Por ello, la Audiencia Provincial condenó al acusado a cuatro años de cárcel y multa de 180.000 euros por un delito de blanqueo de capitales, además de anularse ambas escrituras notariales, en una sentencia que fue recurrida ante el TSJA al considerar la defensa que no se ha acreditado que las cantidades de dinero que dispuso proceden de una actividad delictiva y asegurando que las inversiones y gastos realizados proceden de las propias fuentes de ingreso del acusado, como sorteo de la Once, venta de inmuebles y venta de vehículos.
Por su parte, el TSJA ha desestimado el recurso al considerar que se ha acreditado la participación del acusado en la comisión de delito contra la salud pública, "actividad delictiva que le ha generado importantes ingresos económicos, habiendo dispuesto de dichos ingresos median la realización de una donación en favor de su hijo menor de edad, con la finalidad de ocultar que el dinero provenía de la citada actividad ilícita y para darle una cobertura legal como se expresa en los hechos probados".
Últimas Noticias
Pellegrini: "Sería un error gravísimo creerse superiores al Panathinaikos"
Hacienda avisa al juez del 'caso Koldo' de presuntas irregularidades en contratos de Adif y Carreteras
El último informe de la IGAE, enviado por el Ministerio de Hacienda al magistrado encargado de la investigación, señala fallos en varios concursos de infraestructura, con incrementos de presupuesto próximos al límite legal y criterios de adjudicación cuestionados

Tarcisio Freitas deja el Fraikin Granollers
Aitor Ruibal quiere "sacar un buen resultado" pero pide "ser listos" de cara a la vuelta
Albares traslada a su homólogo de Turquía su "solidaridad" tras los misiles lanzados desde Irán a su espacio aéreo


