
El Tribunal Supremo ha confirmado que el Estado tendrá que indemnizar con 4.000 euros al que fuera fiscal Anticorrupción Ignacio Stampa porque se alargó de forma "innecesaria" una investigación en su contra cuando trataba de lograr una plaza precisamente en esa fiscalía especializada.
Así consta en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo inadmite el recurso de casación que presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que impuso la mencionada indemnización.
Los magistrados entienden que el recurso carece de fundamentación suficiente y de interés casacional. Por lo que, además de desestimar las quejas de la Abogacía del Estado, le impone el pago de las costas hasta un máximo de 2.000 euros.
Así las cosas, cobra firmeza la sentencia de la Audiencia Nacional que estimaba en parte un recurso previo que presentó Stampa, que apuntaba a presuntas irregularidades cometidas "por inspiración de la Fiscalía General del Estado" por interés de su entonces titular, Dolores Delgado, en apartarle de Anticorrupción y del conocido como 'caso Villarejo'.
Aquel fallo señalaba que, al momento de participar en el concurso de ocho plazas vacantes en Anticorrupción, Stampa estaba siendo investigado por su presunta relación con una de las abogadas del partido Podemos en la pieza 'Dina' del propio 'caso Villarejo', conocido también como 'Tándem'.
Dicha sentencia recogía que esa investigación en su contra se prolongó y no se archivó "de forma más temprana, como había solicitado el instructor", por las actuaciones propuestas por sugerencia de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, a cargo entonces de Álvaro García Ortiz, que no dieron "ningún resultado".
Según Stampa, el "mantenimiento de la investigación previa, cuando estaba en trance de resolución el concurso a la Fiscalía Anticorrupción, en el que concurría como aspirante él, impidió que su expediente personal apareciera sin tacha". El fiscal acusaba en su recurso a la Fiscalía "de vicio de desviación de poder", solicitando una indemnización de 40.000 euros.
UN "DAÑO MORAL" PARA STAMPA
Sin embargo, la Audiencia Nacional no apreció otro daño que "la demora de las diligencias de investigación, el sometimiento a unas diligencias pre procesales más allá de lo que era preciso en orden a alcanzar una evidencia, cuando existía propuesta de archivo".
"Esto provoca un daño moral por las consecuencias que acarrea. El devenir de los acontecimientos arroja como resultado demora innecesaria, con daño para el interesado, que lógicamente quedó en entredicho (profesionalidad, fama, buen nombre, comportamiento ético, dolor y preocupación, etc.). Este daño aparece causalmente enlazado al funcionamiento de la Fiscalía y a la demora del expediente, que se solapó con el procedimiento de concurrencia para nombramiento discrecional de fiscales", explicó la Audiencia Nacional.
Para dicho tribunal, "es claro que los miembros del Ministerio Público están sujetos a responsabilidad en el ejercicio de sus funciones y que les corresponde un deber de sigilo". "Sin embargo, esas diligencias deben tener una duración razonable, que se extiende no a la duración máxima del procedimiento (6 meses prorrogables), a la que se acoge la resolución recurrida, sino a la necesaria para la obtención de evidencias, o descartar las evidencias de la infracción estatutaria", aclaró.
Es por eso que la Audiencia Nacional concluyó que "la duración innecesaria de las diligencias de investigación de referencia, con daño moral para el demandante, lleva a una indemnización por daño moral" que fijó prudencialmente en 4.000 euros".
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