Exministro Campo: El TC no quita ni pone delitos, sino que cumple su papel constitucional

Juan Carlos Campo defiende la labor del Tribunal Constitucional en la protección de derechos fundamentales y aclara el proceso de admisión de recursos en relación a casos recientes y su incidencia en resoluciones judiciales

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Melilla, 20 jun (EFE).- El exministro de Justicia Juan Carlos Campo ha afirmado que el Tribunal Constitucional (TC), del que actualmente es magistrado, “no quita ni pone [delitos], sino que cumple su papel constitucional, que es ser el alto tribunal en materia de derechos y libertades fundamentales”.

“El problema es que coge en relieve casos muy concretos”, ha señalado Campo durante su visita a Melilla, donde ha participado en las XXX Jornadas de Derecho ‘Enrique Ruiz Vadillo’, a preguntas de los periodistas sobre el papel del Tribunal Constitucional tras haber anulado condenas en algunos casos mediáticos recientes.

Campo ha argumentado que el año pasado, el TC solo estimó 17 de los 6.500 recursos de amparo que presentaron personas que “creen que se han quebrantado sus derechos fundamentales en el ámbito procesal o la tutela judicial efectiva”.

A su juicio, ello evidencia que no hay “una guerra entre tribunales, en absoluto”, sino que “cada uno cumple su rol y el rol constitucional es ese y el alto tribunal manda”.

Además, ha recordado que el TC no se incardina en el poder judicial porque “así lo quiso el constituyente” y “es otra cosa”, aunque ha precisado que, al igual que la Carta Magna dice en su artículo 117 que los jueces son independientes, inamovibles y están sometidos solo al imperio de la ley, también dice lo mismo para los miembros del TC en el artículo 159.

Ha insistido en que los miembros del TC son juristas “con reconocido prestigio, con más de 15 años de ejercicio profesional”, que “han opinado de casi todo y velan por la Constitución”.

“La imparcialidad que se pide es en cuanto al asunto, pero somos parciales porque somos fieles a la Constitución y, por tanto, la defendemos, la interpretamos y cuando hay un quebranto, lo exteriorizamos”, ha agregado Campo para insistir en que “muy pocas veces se inciden en unas resoluciones judiciales”, pero se hace “cuando hay que hacerlo”.

Sobre los 6.500 recursos de amparo que recibió el TC el año pasado, el exministro ha dicho que “la litigiosidad solo implica el grado de conflictividad social”, aunque ha subrayado que el trámite de admisión es algo más complejo que señalar que hay una lesión a los derechos y el tribunal solo se pronuncia cuando hay una especial trascendencia constitucional. EFE