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La Audiencia de Barcelona condena a 31 años de prisión a un hombre por matar a su expareja

Un hombre condenado por "asesinato con alevosía" y otros seis delitos, ha de indemnizar a su hijo y familiares tras una larga historia de maltrato y acoso en Barcelona

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Barcelona, 23 may (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a un hombre a 31 años y medio de prisión por asesinar a su expareja en 2022, después de someterla durante años a maltratos, amenazas, acoso y a un férreo control, y le retira la patria potestad del hijo en común, al que debe indemnizar con 200.000 euros.

En virtud del veredicto del jurado, que declaró culpable por unanimidad a este hombre, la Audiencia de Barcelona le impone esta pena de 31 años y medio de prisión por un total de siete delitos, entre ellos, el de asesinato con alevosía por estrangular a su expareja de manera "sorpresiva" en el domicilio familiar, frente a los 38 años de cárcel que pedía Fiscalía.

El acusado, que mantuvo una relación sentimental con la víctima entre el 2014 y 2021, ejerció durante esos años una conducta de "posesión y dominación" sobre la mujer, a la que acosó, maltrató con continuos menosprecios e insultos, manipuló espiando sus comunicaciones, y amenazó, al tiempo que trató de aislarla de su entorno.

Incluso, apunta la sentencia condenatoria, la siguió acechando cuando ya no estaban juntos, con "conductas de control que aumentaron en intensidad y agresividad" al no aceptar que la mujer diera por rota la relación.

Todo ello lo hizo, sostiene el tribunal, con la intención de que la "madre de su hijo viviera atemorizada, cohibida y sumisa y limitada en su libertad".

El asesinato ocurrió el 21 de marzo de 2022 en Barcelona, cuando el acusado interceptó a la víctima a la salida del metro en compañía del hijo de ambos y, posteriormente, la llevó sin la presencia ya del menor a su domicilio.

Allí, aprovechando su superioridad física, y que la mujer estaba desprevenida, la atacó violentamente y la estranguló con un cable hasta matarla.

El tribunal considera probado que el hombre actuó con premeditación, con la intención consciente de quitarle la vida, y "con la finalidad de culminar su desprecio a la condición de mujer".

"La víctima no tuvo oportunidad de defensa eficaz por cuanto, ni esperaba el ataque, ni tenía medio de reaccionar frente a una agresión por parte de una persona con mayor vigor físico, teniendo en cuenta además que la mujer se hallaba desprevenida y confiada por su relación previa con el investigado", subraya la sentencia.

Además del delito de asesinato con alevosía, la Audiencia lo condena por otros seis, como el de maltrato, acoso, amenazas en el ámbito de la violencia de género o el de descubrimiento y revelación de secretos, y le retira la patria potestad del hijo menor de la pareja mientras dure la privación de libertad o hasta que cumpla la mayoría de edad.

La sentencia le impone también la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros a los familiares de la mujer asesinada.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar al hijo en común con 200.000 euros, con 100.000 al padre de la víctima y con 25.000 a cada uno de los tres hermanos de la mujer.

En cuanto a la posible sustitución de la condena de prisión impuesta por la expulsión del territorio nacional, puesto que el hombre es originario de Ecuador, la resolución judicial acuerda el cumplimiento de la totalidad de las penas de prisión y que, en todo caso, se adoptaría esa medida si antes de la fecha del cumplimiento total de la misma fuese clasificado en tercer grado o si accediera a la libertad condicional. EFE

si-sg/ml/oli

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