
La parte de la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que obliga a buscar un acuerdo antes de llevar un caso ante un juez civil o mercantil ha entrado en vigor este jueves.
Así lo ha recordado el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en una nota informativa en la que incide en que la Ley Orgánica 1/2025 introduce la obligación de recurrir a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en asuntos civiles y mercantiles antes de iniciar cualquier proceso judicial. Según el departamento dirigido por Félix Bolaños, dicha medida permitirá "reducir el número de litigios y agilizar la tramitación de conflictos".
La ley establece que, salvo las excepciones previstas --tutela de derechos fundamentales, filiación, concursales, medidas cautelares o casos de violencia de género, entre otros--, será obligatorio acreditar que se intentó llegar a una solución extrajudicial antes de presentar una demanda.
Desde el Ministerio recuerdan que entre los mecanismos contemplados se encuentra la mediación, la conciliación, la opinión experta independiente, la oferta vinculante confidencial, la abogacía colaborativa y la negociación directa entre las partes.
"Con esta medida, se pasa de una cultura del litigio a una cultura del diálogo y del acuerdo, reduciendo así la carga de trabajo de los tribunales y ofreciendo a los ciudadanos una vía más rápida y eficiente de resolución de conflictos", apunta Justicia.
CAMBIO EN LA IMPOSICIÓN DE COSTAS PROCESALES
La parte de la ley que ha entrado en vigor este jueves también modifica el sistema de costas, ya que los tribunales entrarán a valorar si efectivamente alguna de las partes se ha negado a solucionar el conflicto de manera consensuada, lo cual tendrá un impacto en el criterio para su imposición.
El secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo, explicó el pasado 26 de marzo en el marco de una conferencia en el Consejo General de Economistas que esta medida supone un "cambio fundamental", porque hasta ahora el criterio es que el que pierde el pleito tiene que pagar las costas y el que gana no.
"El legislador dice que usted tiene que hacer ese intento sólido de llegar a un acuerdo, y si no llega, acude al pleito. Pero si en el pleito, una vez concluido el mismo, el juez detecta que a pesar de que tiene usted la razón y se la da, no ha hecho usted un intento previo de acudir a un método de solución alternativa... (El juez puede decir:) Mire, le voy a poner las costas, porque usted ha abusado de un servicio público como es el servicio público de justicia", señaló.
"MÁS PLAZAS JUDICIALES"
El resto de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia entrará en vigor de forma escalonada a partir del 1 de julio. En el Ministerio inciden en que prevé una "reforma profunda de la organización judicial" que permitirá "una estructura más ágil, más flexible y con mayor capacidad de respuesta ante la congestión de los juzgados".
"La norma transforma los 3.931 juzgados unipersonales en 431 tribunales de instancia, cada uno de ellos, asistidos administrativamente por una oficina judicial. Esto permitirá, por ejemplo, una especialización de las plazas judiciales, que se ordenarán por secciones, lo que facilitará la homogeneización de las prácticas, jurisdiccionales y organizativas", apunta el Ministerio.
La nueva estructura vendrá acompañada de una dotación de "más plazas judiciales en los tribunales de instancia cuando sea necesario", señalan desde Justicia. Ello, porque la creación de plazas "dejará de estar vinculada a la implantación de un nuevo juzgado, lo que permitirá invertir el importe ahorrado - en torno a 300.000 euros - a la habilitación de nuevas plazas".
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