Granada, 17 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a tres años de prisión a una joven acusada de clavar un punzón de 25 centímetros a una menor con la que discutía por celos vinculados a un novio que habrían compartido, una agresión que perforó la pared abdominal de la víctima.
El fallo de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal, al que ha tenido acceso EFE, condena a la procesada como autora de un delito de lesiones agravadas y desestima las alegaciones formalizadas por su defensa.
Los hechos se remontan a la noche de 11 de junio de 2021 cuando la procesada, que tenía entonces 18 años, pasó por un parque cercano a un colegio de Granada donde coincidió con la víctima, una menor de 17 años que estaba con una amiga y su hijo.
Comenzaron entonces una discusión motivada por celos relacionados con un joven que habría sido novio de las dos, un enfrentamiento que ya habían mantenido los días previos a través de redes sociales y de mensajes telefónicos.
En el transcurso de la riña, en la que se cogieron por los pelos, la procesada sacó un punzón de los empleados para fumar en una cachimba con el que arañó el rostro a la víctima.
Después, se lo clavó en el abdomen por encima del ombligo antes de huir del escenario de la agresión.
Como consecuencia de la herida, la víctima tuvo que ser intervenida quirúrgicamente ya que el punzón atravesó la pared abdominal y provocó una lesión en un segmento hepático y forzó que le extirpasen la vesícula biliar, lo que comprometió su salud.
La víctima tardó en curar 172 días, 45 de ellos con pérdida de la calidad de vida, y mantiene secuelas funcionales y un perjuicio estético moderado.
Pese a que la condenada ha recurrido la condena porque la sentencia no especifica las características del punzón empleado en el ataque, el TSJA ha recalcado "que no existe duda de la peligrosidad" de un objetivo que mide unos 25 centímetros.
El fallo del alto tribunal, contra el que cabe recurso, ha confirmado una condena a tres años de cárcel y a la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante cinco años, además de indemnizar a la menos con 30.000 euros.
La sentencia ha recalcado que la condenada buscó deliberadamente poner en peligro la integridad física de la víctima al elegir el arma y por la intensidad del ataque. EFE
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