
El juez instructor de la Audiencia Nacional que ha investigado el papel de cuatro dirigentes de la extinta banda terrorista ETA en el secuestro y asesinato en 1997 del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco, ha comunicado a la exjefa María Soledad Iparraguirre, alias 'Anboto', su procesamiento en esta causa, y la exdirigente de la banda ha mostrado su oposición a ir a juicio por estos hechos. Así lo confirman a Europa Press fuentes jurídicas, que explican que la indagatoria, declaración que presta el procesado una vez dictado el auto de procesamiento en el sumario, tuvo lugar este miércoles ante el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón. Esta comparecencia, en la que según las fuentes consultadas 'Anboto' se decantó por no declarar, se producía después de que se tuviera que anular una citación previa por incomparecencia del letrado de la exjefa de ETA. Iparraguirre se ha opuesto también a la fianza impuesta por el juez de 2 millones de euros. Fue el pasado mes de abril cuando García Castellón, que considera que dada la posición de dominio de los exjefes de ETA en la organización, se dan los requisitos de la autoría mediata para juzgarles, acordó el procesamiento de los exmiembros del Comité Ejecutivo de ETA José Javier Arizcuren 'Kantauri'; Mikel Albisu Iriarte, 'Mikel Antza', María Soledad Iparraguirre, 'Anboto', e Ignacio de Gracia Arregui, 'Iñaki de Rentería'. 'Anboto' era la última que quedaba por declarar. AGRAVANTE DE ALEVOSÍA A los cuatro el juez lesprocesó por los delitos de secuestro y asesinato terrorista con la agravante de alevosía. El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 entendía que podían haber impedido el asesinato de Blanco y no lo hicieron, lo que evidenciaba "una voluntad inequívoca en la producción del resultado". García Castellón impuso además a los cuatro el pago de una fianza solidaria de 2 millones de euros con los que hacer frente a las posibles responsabilidades civiles que se les pudieran imponer en caso de condena. El magistrado recordaba que, al momento del asesinato, los cuatro procesados ostentaban "suficiente capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista de la organización tanto como para haber podido tomar la decisión de que no se secuestrase a la víctima, como para evitar el desenlace último del secuestro". Y todo porque podían haber dado al Comando Donosti "la orden expresa y concreta de poner en libertad" a Miguel Ángel Blanco. El juez consideraba además "improbable" que una acción terrorista como esa "fuese realizada por un comando de ETA sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva de ETA".
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