
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido de un empleado que fue sorprendido mirando pornografía en el lugar de trabajo, al concluir que ese no es motivo suficiente para extinguir la relación laboral si no se ha probado una disminución del rendimiento.
En su sentencia, el alto tribunal catalán confirma la resolución de un juzgado de lo social de Granollers (Barcelona) que en junio de 2022 dio la razón al empleado, que había sido despedido en 2020 después de que una compañera suya lo denunciara ante la empresa por masturbarse en su puesto de trabajo mientras veía páginas pornográficas por internet.
PUBLICIDAD
Te puede interesar: Avance clave contra el cáncer: un fármaco restablece la capacidad del sistema inmunitario para luchar contra los tumores
La empresa despidió al trabajador —representado por el abogado Luís López de SAMMOS Legal— por transgresión de la buena fe contractual y disminución en su rendimiento, después de que, a través del visionado de las cámaras de seguridad, concluyera que el empleado se masturbaba durante su jornada laboral mientras veía material pornográfico por internet.
PUBLICIDAD
La sentencia no ve pruebas de masturbación
La sentencia no considera suficientemente probado que el trabajador se masturbara en su horario laboral, pero sí da por hecho que vio pornografía en su puesto de trabajo, una zona aislada del resto de oficinas. No obstante, el TSJC descarta que el visionado de material pornográfico, por sí solo, “constituya una transgresión de la buena fe contractual grave y culpable” que habilite a despedir al trabajador.
Para la sala, podría entenderse que el empleado incumplió su “deber elemental de atender exclusivamente a la prestación de sus servicios durante la jornada de trabajo, sin emplear este tiempo para otros fines ajenos a sus obligaciones profesionales”, pero esa infracción “no reúne la nota de gravedad que autoriza al empresario para ejercer la potestad disciplinaria”.
PUBLICIDAD
Te puede interesar: “Es una bofetada a los jueces”: expertos en Derecho Constitucional opinan sobre la propuesta de Sumar para la amnistía
La sentencia añade que, para determinar la gravedad de la conducta del demandante, es preciso analizar las circunstancias concreta de la acción, dónde ocurrió y los medios e instrumentos que el trabajador utilizó.
PUBLICIDAD
En este caso, razona el TSJC que el trabajador no “exhibió” su práctica ante otros compañeros y que no está acreditado que accediera al material pornográfico con el ordenador de la empresa, por lo que “la infracción del asalariado no viene acompañada de otras faltas determinantes de su mayor gravedad”.
La sentencia añade que no está clara la “frecuencia constatada” con la que el trabajador veía pornografía, ya que no se ha podido probar la “asiduidad” que refería la carta de despido.
PUBLICIDAD
Información elaborada por Efe
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Jonathan Andic aseguró ante la jueza que mantenía una “buena relación” con su padre en el momento de su muerte
La magistrada considera significativo el cambio de teléfono y el borrado del contenido de su antiguo móvil

La batalla entre Antena 3 y Telecinco por ‘Pasapalabra’: Mediaset busca la revancha y compra ‘El Rosco’ años después de que Atresmedia se quedase el programa
Tras la sentencia del Tribunal Supremo que prohibirá a Antena 3 utilizar ‘El Rosco’ como prueba del concurso, se ha conocido que Mediaset se ha hecho con los derechos

La silla de la RAE que dejó libre Vargas Llosa ya tiene sustituto: Sergio Ramírez, elegido nuevo académico de la institución
El escritor nicaragüense, con nacionalidad española desde 2018, ha sido elegido este jueves para ocupar la silla L, libre desde la muerte de Vargas Llosa en 2025

España es el país de la UE que más presupuesto destina a mitigar el impacto de la guerra en Irán: qué medidas han tomado los Veintisiete
El conflicto de Oriente Medio ha llevado a los miembros de la Unión Europea a desembolsar 14.500 millones de euros para mitigar el impacto social y económico de los elevados precios de la energía

Ya son 22 las mujeres asesinadas por violencia de género en lo que llevamos de año: la última tenía 32 años
Una mujer fue asesinada en Figueres por su expareja en plena vía pública


