
El servicio de limpieza de oficinas; el contrato de varias pólizas para asegurar daños materiales, responsabilidad civil medioambiental y la responsabilidad civil de altos cargos y consejeros; la contratación del suministro eléctrico, el servicio de telecomunicaciones; el servicio de reparto de correspondencia; el ‘renting’ de vehículos; el servicio de asistencia tecnológica; el suministro de material para una planta de compostaje... La lista es larga. El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia lleva dos años investigando si la empresa pública que abastece de agua potable a 250.000 vecinos de la provincia de Valencia amañó contratos por valor de 51,4 millones de euros para beneficiar a su accionista privado.
Y es que las aguas bajan revueltas en la Empresa General Valenciana del Agua SA (EGEVASA), fundada en 1988 por la Diputación Provincial de Valencia para gestionar el suministro de agua en la provincia. Diez años después, en 1998, la Administración decidió que entrara en el accionariado un socio privado para mejorar “su solvencia técnica”. La Diputación tiene ahora el 51% de las acciones y Vainmosa Cartera el 49%. El único accionista, a su vez, de Vainmosa es la mercantil Aguas de Valencia, y a esta la controla Global Omnium.
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La investigación comenzó después de que llegara una denuncia anónima a la Fiscalía Anticorrupción. EGEVASA, que no ha respondido a las peticiones de entrevista de Infobae, ha solicitado el archivo de la causa al negar los hechos denunciados. De momento no hay imputados y el juez solo ha llamado a declarar a varios trabajadores del accionista privado como testigos. La Diputación está gobernada por el PP desde 2023. En la anterior legislatura lo estuvo por el PSOE.
El juez, apoyado por la Fiscalía, está dirimiendo si la empresa pública encargaba la redacción de los pliegos de sus contratos e incluso la apertura de las ofertas a tres empleados de su socio privado, que resultaba beneficiario de parte de esas adjudicaciones. Por ejemplo, se están examinando contratos por valor de 4,4 millones de euros, de servicios por 8,4 millones y de suministros por valor de 38,6 millones de euros. Según la denuncia, la operativa de contratación habría estado dirigida sistemáticamente a favorecer a empresas vinculadas al grupo Global Omnium mediante métodos diseñados para el desvío de fondos y anular la posible competencia. Es decir, que se habría consolidado una especie de sistema de licitaciones conjuntas con entidades privadas (todas conectadas con Global Omnium, socio privado) y unos procedimientos internos que, lejos de garantizar la neutralidad, habrían limitado la participación a “proveedores recurrentes” y empresas del propio grupo beneficiado.
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La denuncia afirma que EGEVASA habría adoptado dos modelos principales de contratación. El primero, la licitación conjunta, en la que el auténtico poder adjudicador no es de EGEVASA, sino de empresas como Aguas de Valencia o Global Omnium. En estos casos, EGEVASA aparece solo como adherida a contratos promovidos por sus socios privados, “incurriendo en una práctica prohibida por la normativa española, que restringe las licitaciones conjuntas a entidades públicas”, según la denuncia. Por otro lado, cuando EGEVASA licita de forma individual, la denuncia asegura que la elección sistemática de adjudicatarios sigue favoreciendo a empresas del grupo Global Omnium.
Prevaricación, cohecho y fraude
Esto se evidencia porque, habitualmente, las únicas compañías que concursan pertenecen a la red empresarial vinculada con la matriz privada. Como prueba de la falta de independencia operativa, la denuncia señala que el departamento de contratación utilizado por EGEVASA es en realidad ajeno a la compañía y depende totalmente de personal remunerado por Global Omnium. Es decir, que directivos y empleados de Global Omnium integran el órgano de contratación de EGEVASA y, en muchos casos, adjudican contratos a sociedades de su misma matriz, lo que, “además de representar un conflicto de intereses, podría ser constitutivo de prevaricación, fraude y cohecho según la interpretación penal recogida en la denuncia”.
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Otro indicio relevante es que, en muchas de las adjudicaciones bajo sospecha, las ofertas ganadoras igualaban exactamente el precio base, sin rebajas económicas, lo que para el denunciante constituye un indicio claro de concertación ilícita: “Los adjudicatarios habituales tendrían la certeza de ser los únicos licitadores o tener asegurada la adjudicación”. Los testigos que han declarado defendieron que los contratos conjuntos entre EGEVASA y las empresas del grupo Global Omnium responden a un fundamento “operativo y económico” y las ampara en el ‘Real Decreto-ley 3/2020′, que regula la contratación en los llamados sectores excluidos: agua, energía, transporte y servicios postales. Esa norma, afirmó, permite “emplear un procedimiento conjunto entre sociedades de mayoría de capital público y sociedades privadas”.
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