Navarra, Cataluña y el País Vasco lideran las bajas laborales mientras los jueces ‘corrigen’ los excesos de las empresas para combatirlas

Varias sentencias han modificado nuevos convenios colectivos que penalizaban las incapacidades de los empleados aunque estuvieran justificadas

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Baja laboral. (@RvstaSegSocial en X)
Baja laboral. (@RvstaSegSocial en X)

Las comunidades autónomas de Navarra, Cataluña y el País Vasco presentan las tasas más elevadas de incapacidad temporal por contingencias comunes, con 52,2, 49,1 y 42,6 casos por cada 1.000 trabajadores afiliados, respectivamente. Así lo recoge el informe más reciente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que cifra en 33,9 la media nacional y constata un repunte claro respecto a los 21,4 casos observados en 2017. La evolución al alza ha sido especialmente marcada en regiones como Canarias y Cantabria, con aumentos acumulados del 71,4% y 66,6%.

Según detalla la AIReF en su análisis, Cataluña, la Comunidad de Madrid y Andalucía han concentrado el mayor número absoluto de episodios de incapacidad temporal durante el año del análisis, 2024, con 2,22 millones, 1,52 millones y 1,08 millones de casos, respectivamente. Frente a estas cifras, Andalucía (26,3), Aragón (31,2), Galicia (24,4), el Principado de Asturias (25,5) y Extremadura (18,7) se han mantenido por debajo de la media en cuanto a tasa de incidencia en 2024. A pesar de su volumen, Navarra y Aragón destacan como las comunidades con menor crecimiento acumulado en el periodo 2017-2024, con incrementos del 40,8% y 41,8%.

Además, el estudio de la AIReF constata que, en términos absolutos, el número de procesos por contingencias comunes ha pasado de 4,7 millones en 2017 a cerca de 8,6 millones en 2024; por el contrario, los casos derivados de contingencias profesionales han permanecido estables en torno a 700.000 episodios al año.

El análisis del organismo independiente dirigido por Cristina Herrero muestra que la duración media de las bajas a nivel nacional ha experimentado también un repunte, aumentando de los 40 días en 2017 a 45,9 días en 2024. Extremadura, Galicia y el Principado de Asturias han registrado los periodos de baja más prolongados —88,6, 82,8 y 73,3 días respectivamente—, acompañados de aumentos acumulados por encima de la media estatal: 36% en Extremadura, 26,2% en Galicia y 24,1% en Asturias.

Ante el ascenso sostenido de la incidencia y la duración de las bajas, la AIReF ha recomendado reforzar la supervisión y el seguimiento por parte de los organismos responsables. Entre sus propuestas figuran el desarrollo de un sistema de información integral, la mejora de las capacidades del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), la intensificación de la colaboración con los médicos de atención primaria, el fomento de la implicación de las grandes empresas en la gestión responsable y la optimización de la evaluación de las listas de espera.

En su análisis, la AIReF ha defendido la activación de un sistema de alerta temprana que permita detectar de forma ágil posibles casos de absentismo laboral, instando al INSS a que, al identificar indicios, proceda a una inspección conjunta con el médico de familia, el trabajador y la empresa. Además, el organismo ha sugerido revisar el actual modelo de tramitación automática de las bajas —realizado de manera electrónica—, ya que ha observado, en referencia a la experiencia alemana, que tales fórmulas pueden derivar en un aumento de las ausencias laborales.

Qué es la incapacidad laboral temporal, cuánto tiempo dura y cuánto se cobra.

El coste del absentismo y la respuesta judicial

El gasto asociado a las bajas ha superado los 16.500 millones de euros en el sector público, triplicando los registros de 2014 y situándose como la segunda mayor partida de la Seguridad Social tras las pensiones. Solamente en el sector de la construcción, el impacto económico en 2025 ha alcanzado los 3.565 millones de euros, según la Confederación Nacional de la Construcción.

A raíz de este fenómeno, algunas empresas han recurrido en sus convenios colectivos a la introducción de bonus por cumplimiento íntegro de jornada y a sistemas de penalización ante bajas médicas, incluso cuando están justificadas. Sin embargo, recientes sentencias judiciales han frenado estas prácticas. La Audiencia Nacional, por ejemplo, en un fallo del pasado 26 de enero sobre el convenio de la Confederación Española de Agencias de Viajes, ha considerado que no puede discriminarse a los empleados por estado de salud, ni establecer recortes salariales en caso de enfermedad justificada, incluso con preaviso.

Por su parte, el Tribunal Supremo ha resuelto también contra un convenio de la empresa Ayesa Ibermática, tras la denuncia de la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT), que excluía de la retribución variable a los trabajadores en situación de incapacidad temporal.

*Con información de Europa Press y EFE