
Un tribunal en Ámsterdam ha dado la razón a una residencia de mayores en la ciudad holandesa después de que despidiera disciplinariamente a una de sus trabajadoras. La empleada había pasado, según los registros de la empresa, unas “30 noches en la residencia sin estar de servicio, coincidiendo exactamente con los turnos nocturnos de su pareja”.
Según ha contado el medio local De Telegraaf, la mujer desempeñaba labores de limpieza, reparto de comidas y atención básica a los residentes, mientras que su novio trabajaba en el mismo centro como responsable de los turnos nocturnos. La dirección del geriátrico señaló durante el juicio que, en aquellos días, la empleada “acudía al centro durante la noche sin estar asignada a ningún turno”.
La situación pasó inadvertida durante meses, ya que la empleada no fichaba esas horas como trabajo ni las cobraba. La trabajadora, de hecho, era conocida por su compromiso con su trabajo. Incluso por su exceso de compromiso, pues la dirección ya le había advertido sobre la “cantidad excesiva de horas extra” que había acumulado: “Es agradable que ayudes tanto, pero eso cuesta mucho dinero y horas a los clientes”.
Unas semanas después, la presencia de la trabajadora en la residencia durante la madrugada fue detectada por un compañero, que alertó a los responsables. La afectada se justificó en una conversación con su gerente: “He venido solo a recoger un cargador de mi novio”. Sin embargo, la empresa constató que esta explicación no se correspondía con la realidad, tras revisar los datos de acceso al centro y descubrir que la mujer había coincidido en decenas de ocasiones con el horario nocturno del novio.
Nadie le dijo que estuviera prohibido
La empresa decidió entonces proceder a un despido inmediato. Argumentó que la trabajadora no solo accedía a la residencia sin permiso, sino que también había mentido en varias ocasiones para ocultar el motivo real de sus visitas. La empleada, por su parte, defendió ante el tribunal que actuaba con honestidad y que “nadie le había advertido que su comportamiento estuviera prohibido”. Además, reclamó casi “21.000 euros” de indemnización, al considerar desproporcionada la medida y argumentar la ausencia de una norma interna que prohibiera expresamente sus actos.
El juez, sin embargo, fue tajante al distinguir entre “acudir voluntariamente durante el día para ayudar” y “permanecer en la residencia durante la noche sin estar de servicio, y menos aún mientras trabaja su pareja”. El magistrado consideró que la empleada “debía haber entendido que no tenía nada que hacer allí a esas horas”, aunque no existiera un reglamento que lo explicitara. La sentencia también subraya que “la mera presencia nocturna no habría justificado un despido inmediato”, pero la gravedad aumentó al comprobarse que la mujer mintió reiteradamente a la empresa. “Esto puede serle seriamente reprochado”, afirmó el juez, que interpretó la combinación de accesos no autorizados y declaraciones falsas como conducta gravemente culpable.
Por estos motivos, el tribunal concluyó que el despido fue legal y que la trabajadora no tenía derecho a recibir ninguna compensación tras la extinción del contrato.
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