
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede la posibilidad de que una persona que desempeña trabajos a media jornada pueda recibir, a la vez, el subsidio por desempleo, siempre que acrediten que cumplen un requisito clave de carencia de rentas. Así lo ha confirmado una portavoz del organismo público al ser preguntada por una ciudadana en el programa radiofónico Madrid Trabaja de Onda Madrid.
Durante su intervención, recogida por El Economista, Clara Martínez, asesora de la subdirección de prestaciones del SEPE, aclaró las condiciones en las que un trabajador a tiempo parcial puede acogerse al subsidio. La directiva respondió a la pregunta de una oyente que, con un empleo de 20 horas semanales y con su la prestación contributiva a punto de finalizar, buscaba alternativas para mantener los ingresos.
Requisitos económicos para acceder al subsidio mientras trabajas a media jornada
La posibilidad de percibir el subsidio está ligada a un umbral de ingresos. “Lo puede cobrar siempre y cuando cumpla el requisito de carencia de rentas del 75% del Salario Mínimo”, explicó Martínez. Con este criterio, el trabajador debe demostrar que sus ingresos mensuales son inferiores a 888 euros brutos en 2025, cifra equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Cuando la renta personal supere este límite, se permite sumar los ingresos del núcleo familiar y dividir el total entre sus miembros. Si, en este caso, la media obtenida no rebasa los 888 euros brutos mensuales, el solicitante puede acceder al subsidio. “Esta opción solo contempla la existencia de cónyuge, pareja de hecho de más de dos años de convivencia o hijos”, matizó la asesora del SEPE.
En el caso del subsidio especial para mayores de 52 años, el cálculo se efectúa solo respecto a las rentas individuales, sin considerar los ingresos del grupo familiar. La normativa restringe así el abanico de beneficiarios y la manera de computar los ingresos.
En qué casos concede el SEPE el subsidio por desempleo
Compatibilizar la prestación del SEPE y un salario parcial está sujeto a una duración máxima y a unas reglas específicas. “A los 180 días le suspenderíamos, no puede probar la siguiente prórroga”, advirtió explícitamente Martínez.
Las cuantías que percibe el trabajador varían según el avance en el tiempo y el porcentaje de parcialidad en la jornada. El primer trimestre corresponde a una ayuda de 420 euros mensuales. En el segundo, la cifra baja a 270 euros; en el tercer trimestre, el importe llega a 180 euros. El cuarto trimestre implica un pago de 120 euros mensuales, mientras que a partir del quinto trimestre la ayuda desciende a 60 euros. Son cantidades pensadas para quienes alternan períodos de desempleo con contratos parciales, en los términos recogidos por el SEPE.
Plazos y modalidades de solicitud
Respecto al momento más conveniente para solicitar el subsidio, la representante del SEPE señaló dos posibilidades. Por un lado, el interesado dispone de seis meses desde el agotamiento de la prestación contributiva para iniciar el trámite. “Si no lo quiere pedir ahora porque no le interese, tiene un plazo de seis meses para pedirlo. Lo puede pedir desde que se agota la contributiva (el paro) y dispone del plazo de seis meses”, explicó la técnica.
La alternativa se presenta cuando la relación laboral finaliza más adelante: el trabajador cuenta con 15 días siguientes al cese para ejercer su derecho, siempre que medie una situación legal de desempleo. En ambos escenarios, es imprescindible cumplir con los requisitos económicos establecidos, tanto en términos de rentas individuales como familiares si corresponde.
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