
Durante 2024 se produjeron 1.179.202 accidentes de trabajo, de los cuales 628.300 causaron la baja laboral del trabajador afectado, según los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y difundidos por UGT. Durante ese año se produjeron 796 accidentes mortales, 75 más respecto a los datos del año de 2023, aumentando esta cifra en un 10,4%. En total, fueron 728 hombres y 68 mujeres que han perdido la vida por el simple hecho de ir a trabajar.
Cuando una persona sufre un accidente laboral, es fundamental conocer los derechos y obligaciones tanto del trabajador como de la empresa. Y qué se entiende por accidente en el trabajo? Se refiere a toda lesión corporal que sufra el trabajador con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Esto incluye también los accidentes in itinere, es decir, los que se producen al ir o volver del lugar de trabajo, siempre que el trayecto no haya sido alterado por motivos personales.
Si el accidente se ha producido por incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos laborales, la empresa podría enfrentar sanciones administrativas e incluso deberá indemnizar al trabajador por daños y perjuicios, independientemente de la prestación habitual.
El abogado laboralista Víctor Arpa se refiere a situaciones de caídas de altura desde andamios, desde una escalera o de alguna cubierta; o atrapamientos con máquina (amputaciones, cortes o golpes por objeto). También se refiere a los atropellos, por ejemplo, de una carretilla en un almacén porque no hay señalización en el suelo ni sonido acústico. Arpa explica que el trabajador dispone de un plazo de año desde que te dan el alta médica o bien una resolución de la seguridad social para poder reclamar. Pero advierte: “no cometas este error si quieres reclamar el accidente laboral”.
Apurar los plazos juega en tu contra
El abogado explica que uno de los errores más comunes en este tipo de situaciones es apurar al máximo los plazos para reclamar la compensación económica. “Toma ya la decisión. Si te tiras un año de baja médica y al cabo de un año decides querer reclamar el accidente, quizás cuando la Inspección de Trabajo vaya a analizar el accidente, esa máquina que te ha amputado un dedo ya no está la empresa. La Inspección de Trabajo te dirá ‘me sabe muy mal, pero no puedo tomar una resolución de una máquina que no puedo analizar’”, apunta.
El trabajador que se encuentra en situación de baja laboral tiene derecho a esta compensación durante todo el tiempo que dure la baja. Si se demuestra negligencia empresarial, explica Arpa, serán cubiertas por la aseguradora de la empresa.
Incapacidad permanente
Si tras el periodo de baja se determina que el trabajador no puede reincorporarse a su puesto por secuelas físicas o psicológicas, puede reconocerse una incapacidad permanente. Existen cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez.
La incapacidad permanente parcial da derecho a una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora. Por su parte, la incapacidad permanente total otorga una pensión mensual del 55% de la base reguladora (mejorable al 75% a partir de los 55 años si se demuestra dificultad para trabajar).
Si la incapacidad es permanente absoluta se indemniza con el 100% de la base reguladora. La gran invalidez incluye el 100% más un complemento por necesidad de ayuda de otra persona.
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