
Una de las últimas decisiones del Ministerio de Interior ha sorprendido a muchos ciudadanos. La Secretaría del Estado de Seguridad ha dictado una instrucción que elimina la sanción administrativa por consumir drogas dentro de un vehículo estacionado.
De esta forma, han anulado una de las consecuencias de la conocida Ley Mordaza, aquella aprobada por el PP en 2015 y que el Gobierno quiere reformas desde hace años. Esta ley señalaba como ilegalidad la posesión y consumo de sustancias estupefacientes en un vehículo.
¿Qué puedes hacer en el coche?
La Secretaría de Estado de Seguridad ha afirmado que el consumo y posesión de drogas tóxicas en un vehículo particular “no se considera subsumible en ninguna de las infracciones administrativas descritas por la citada ley”. Por tanto, dentro de un coche estacionado podrán consumirse estas sustancias.
No obstante, es importante recalcar que, en el momento el que el vehículo se pone en movimiento, queda determinantemente prohibido. Esto se debe a que pasaría a convertirse en un delito contra la salud pública y una infracción grave de seguridad vial.
Desde que se comunicó esta nueva normativa, muchas personas se han preguntado si otras actividades privadas también pasan a ser legales en el interior de los vehículos. Uno de los casos más comentados es la posibilidad de tener sexo en el coche.
Según el artículo 185 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, mantener relaciones sexuales en un vehículo estacionado puede traducirse en un delito de exhibicionismo y provocación sexual. Además, su gravedad crece por el riesgo de la presencia de menores en la vía pública.
De esta manera, puede sancionarse con pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. También puede considerarse una infracción leve, si no se considera que existía el riesgo de la existencia de menores en la zona, lo que supondría una multa de entre 100 y 600 euros.
Por otro lado, en el caso del alcohol la situación es similar a las drogas. Una persona puede consumir bebidas alcohólicas en un coche estacionado, aunque los agentes podrán sancionar si pueden demostrar que el vehículo se ha movido con el conductor bajo los efectos de estas sustancias.
¿Por qué toman esta decisión?
Con esta nueva medida, Interior ha reforzado la figura del coche como un entorno privado donde se debe respetar la actividad personal del dueño. El Tribunal Supremo considera que los vehículos son objetos que “guardan estrecha relación con el concepto de intimidad” y son “apropiados para albergar en su interior objetos y elementos reveladores del área más íntima de la persona”.
El Ministerio ha explicado que los artículos que prohíben el consumo de drogas en el coche suponen “un daño para el bien jurídico protegido en el que se conforma la seguridad de las personas”. Recalca que esta aplicación está sujeta a coches que se entiendan “exclusivamente como medios de transporte estacionados”.
Además, la Secretaría de Estado de Seguridad ha apuntado que la actual legislación dejaba al criterio de los agentes de Policía Nacional o la Guardia Civil cómo actuar ante esta situación. Ha expuesto que “el texto solo menciona los transportes colectivos”, sin aclarar si en el caso de los transportes personales debe ser una infracción.
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