
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo en septiembre de 2024. Esta resolución, que reconoce el derecho de una cajera del Supercor a una incapacidad permanente total para su profesión habitual de cajera de supermercado, es definitiva.
La mujer, nacida en 1981, desempeñó su labor como cajera de supermercado en la empresa Supercor S.A., perteneciente al Grupo El Corte Inglés. A lo largo de su carrera, su trabajo incluía tareas como la venta en la sección de pastelería, la distribución y reposición de mercancías, así como el cobro en la línea de caja y la preparación de envíos. Para llevar a cabo estas funciones, se requería que tuviera un adecuado desarrollo músculo-esquelético, capacidad para permanecer de pie durante largos periodos y destreza en los dedos para manipular productos y monedas, entre otras aptitudes físicas.
Sin embargo, en los últimos años de su carrera, la trabajadora comenzó a experimentar severos problemas de salud relacionados con su columna vertebral. Tras varias consultas médicas, se le diagnosticó lumbociatalgia, una condición dolorosa derivada de problemas en los discos vertebrales L2-L3 y L5-S1, que fueron intervenidos quirúrgicamente en 2022. A pesar de los tratamientos médicos y la cirugía, la trabajadora continuó sufriendo fibrosis postquirúrgica en la zona afectada, lo que generaba una compresión en la raíz nerviosa S1 izquierda, agravando su dolor y limitando su capacidad de movimiento.
No apta para continuar con sus tareas
En 2023, después de un periodo de ausencia prolongada debido a su estado de salud, la afectada fue evaluada por el servicio de prevención de Supercor. Tras un examen médico, se concluyó que la trabajadora no era apta para continuar realizando las tareas asignadas en su puesto, lo que llevó a la empresa a tomar la decisión de extinguir su contrato de trabajo por causas objetivas de ineptitud sobrevenida.
Ante la persistencia de su dolor y la imposibilidad de realizar las tareas fundamentales de su profesión, la empleada solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el reconocimiento de una incapacidad permanente total para su trabajo. El INSS rechazó inicialmente su solicitud en junio de 2023, argumentando que las lesiones que padecía no cumplían con los requisitos para una incapacidad permanente, ya que no representaban una disminución suficiente de su capacidad laboral.
No conforme con la resolución, la mujer interpuso una reclamación previa, que fue igualmente desestimada en octubre del mismo año. Ante este panorama, decidió llevar el caso a los tribunales y presentó una demanda frente al INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social.
La respuesta de los tribunales
El Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, tras estudiar el caso, resolvió a favor de la demandante. En su sentencia del 18 de septiembre de 2024, el juez reconoció que la trabajadora sufría una incapacidad permanente total para su profesión habitual, debido a las limitaciones físicas que le provocaba su estado de salud, y le otorgó el derecho a percibir una prestación económica correspondiente al 55% de su base reguladora, establecida en 782,29 euros mensuales, con efectos desde el 7 de junio de 2023.
El INSS apeló la sentencia ante el TSJ de Asturias, pero este último confirmó la decisión del juzgado de primera instancia, desestimando el recurso interpuesto por el organismo y manteniendo el derecho de la trabajadora a recibir la prestación por incapacidad permanente total.
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