
El Tribunal Supremo ha abierto dos causas penales contra el eurodiputado Luis Pérez Fernández, Alvise Pérez, una por la presunta aceptación de 100.000 euros de un empresario y otra por difundir una prueba falsa de covid del presidente catalán Salvador Illa.
La Sala de lo Penal ha incoado diligencias previas contra Alvise, al apreciar indicios de presuntos delitos de financiación ilegal de partidos, estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental en la exposición razonada por la Audiencia Nacional por haber recibido, presuntamente, 100.000 euros para su campaña electoral con el partido Se Acabó la Fiesta (SALF).
Las diligencias también se abren contra el empresario Álvaro Romillo, al aparecer unidas y conexas sus posibles responsabilidades en esta investigación. Según la exposición razonada, Romillo había entregado 100.000 euros al partido de Alvise en mayo de 2024. Este empresario, investigado también en la Audiencia Nacional por una presunta estafa piramidal a través de la plataforma de inversiones Madeira Invest, fue quien denunció al eurodiputado, a quien dijo haber entregado el 27 de mayo de 2024, antes de las elecciones europeas, 100.000 euros para su formación. El tribunal admite, además, la personación del PSOE como acusación popular y al que se exigirá que preste una fianza de 15.000 euros.
Una segunda causa por difundir una prueba falsa de covid de Illa
Asimismo, la Sala ha abierto otra causa contra Alvise por presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias en relación con la difusión de una prueba de covid falsa del actual presidente catalán y exministro de Sanidad, Salvador Illa, en 2021.
En su auto, considera que “son múltiples los indicios fundados” que aporta la exposición razonada del Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, en apoyo de la imputación; y señala que basta para su exclusiva constatación los enumerados por el fiscal en su informe.
Cita, entre otros, la falsedad del informe médico relativo a Illa publicado en la cuenta de Alvise en Twitter, acreditada mediante certificado remitido por el Hospital Quiron Salud Barcelona.
La Sala afirma que el fiscal advierte que hay diligencias pendientes de comprobación; pero que “aunque el tuit del Sr. Pérez, se tratara de un retuit, sin relación con el autor del original (...) seguiría siendo subsumible, cuando menos en el delito de utilización de un documento falso e injurias referidas, por cuanto aparece que se otorga veracidad, sin apariencia de comprobación alguna”. Según el fiscal, se trata de un documento totalmente falso que lo habría confeccionado Alvise con ánimo de perjudicar al Illa y al PSC de cara a las elecciones catalanas.
No abre causa por las protestas en Ferraz por la amnistía
Por otra parte, la Sala ha acordado no abrir causa contra Alvise por un presunto delito de desórdenes públicos en relación con las protestas por la ley de amnistía en noviembre de 2023 en las inmediaciones de la sede del PSOE en la calle Ferraz de Madrid.
Considera que de la exposición razonada enviada por el Juzgado de Instrucción número 13 de Madrid “no resultan elementos necesarios y suficientes para determinar la instrucción de una causa penal”.
Añade que la exposición se limita a señalar que “existen indicios de culpabilidad que han provocado la admisión de la presente denuncia por entender que la persona identificada pudiera ser autora del hecho delictivo de desórdenes públicos”, sin una mínima descripción de los hechos ni indicios que se atribuyen al aforado.
* Información elaborada por EFE
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