El 2 de abril dio comienzo la campaña de la declaración de la Renta 2024 y, con ello, abrió el plazo para que los más de 20 millones de contribuyentes que hay en España rindan cuentas con Hacienda. Aunque hay quienes ya han presentado el IRPF e, incluso, han recibido el dinero que debía pagarle el organismo público en caso de que el resultado fuese ’a devolver‘, son muchas las personas que todavía no han realizado este trámite. Quienes estén en esta situación y vivan en la Comunidad de Madrid deben tener en cuenta que pueden deducirse más de 1.000 euros por un concepto que está vinculado a su vivienda.
No será hasta el próximo 30 de junio cuando finalice el periodo para presentar la declaración de la Renta y dar cuenta de los ingresos que se obtuvieron en 2024. Por el momento, este trámite solo puede completarse vía online, a través de la página web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. Los interesados en hacerlo por teléfono o de forma presencial tendrán que esperar unas semanas.
Como ocurre cada año, la Renta tiene diferentes variantes según la Comunidad Autónoma, ya que en cada una se establecen determinados requisitos que no son comunes. Pero lo que sí es compartido es el objetivo de los contribuyentes de maximizar la devolución de Hacienda o, al menos, minimizar el importe a pagar. Para lograrlo, es esencial aprovechar las deducciones tanto estatales como autonómicas disponibles. En este contexto, los residentes de la Comunidad de Madrid pueden considerarse afortunados, ya que, en su declaración, Hacienda les devolverá más de 1.000 euros por un concepto relacionado con su vivienda habitual.
De qué forma puedes ahorrar más de 1.000 euros en la declaración de la Renta

Es importante recordar que la declaración de la Renta no se realiza de la misma forma en toda España, y que existen diferencias que conviene tener en cuenta. En el caso de la Comunidad de Madrid, una de las deducciones que más afecta a los contribuyentes es la relacionada con la vivienda habitual. Este aspecto, que ha sido actualizado para el ejercicio fiscal de 2025, permitirá a muchos madrileños ahorrar más de 1.000 euros.
La deducción está destinada a aquellos contribuyentes menores de 40 años, un límite que hasta 2025 se encontraba en 35. Los madrileños que cumplan con este requisito y cuyos ingresos no superen los 26.414,22 euros en tributación individual, o los 37.222,20 euros en tributación conjunta, podrán deducir el 30% de lo que paguen en alquiler, con un máximo de 1.237,20 euros.
Para acceder a esta deducción, el gasto anual en alquiler debe representar al menos el 20% del salario imponible, y la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 61.860 euros, una cifra que también ha aumentado este año. Además, desde 2018, los desempleados de entre 35 y 40 años con al menos dos familiares a su cargo también pueden beneficiarse de esta deducción.
Los interesados deberán presentar la documentación correspondiente, que incluye el contrato de arrendamiento, los comprobantes de pago del alquiler y el depósito de la fianza en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Qué otras deducciones se aplican en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ofrece diversas deducciones fiscales, además de la que está vinculada a la vivienda habitual, como son las siguientes:
- Una de ellas afecta a los contribuyentes que han tenido hijos o se encuentran en situaciones familiares específicas, permitiendo a las familias reducir su carga tributaria y mejorar su bienestar económico.
- Otra de las principales deducciones es la que se aplica por el nacimiento o adopción de hijos. En este caso, se pueden deducir 721,70 euros por cada hijo, durante el periodo impositivo del nacimiento y los dos años siguientes. Esta deducción es prorrateable si el menor vive con ambos padres y también se aplica para adopciones internacionales, siendo compatible con otras deducciones.
- Para las familias con recursos económicos reducidos, aquellos hogares con dos o más hijos y una renta inferior a los 24.744 euros anuales pueden beneficiarse de una deducción del 10% de la cuota íntegra autonómica.
- Desde 2018, los contribuyentes también pueden deducir los gastos derivados de la contratación de empleados domésticos para el cuidado de hijos menores de tres años. Desde 2023, es posible deducir el 25% de las cotizaciones a la Seguridad Social de los empleados bajo el sistema especial de Empleados de Hogar, con un límite de 463,95 euros anuales.
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