
En España, el cuidado de los hijos no solo representa un compromiso personal y familiar, sino que también puede traducirse en beneficios económicos a largo plazo, específicamente en el cálculo de la pensión de jubilación y sobre todo en el caso de las mujeres.
De hecho, estos beneficios, que buscan compensar desigualdades de género en el ámbito laboral y económico, pueden incrementar significativamente la cuantía final de las prestaciones.
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Algunos de los mecanismos establecidos por la legislación española, como el complemento por maternidad y el reconocimiento de periodos de crianza, tratan de valorar el trabajo no remunerado que implica la crianza de los hijos y pueden, de manera significativa, marcar una diferencia importante en la calidad de vida de las mujeres jubiladas en España.
¿Cuáles son y qué hay que tener en cuenta para poder disfrutar de ello?
Complementos por maternidad: un reconocimiento a la crianza
Desde 2016, las mujeres que se jubilan en España y han tenido hijos pueden acceder a un complemento en su pensión, diseñado para reducir la brecha de género en este ámbito. Este beneficio se aplica exclusivamente a las mujeres y varía según el número de hijos que hayan tenido. El porcentaje del complemento es el siguiente:
- Por dos hijos, se añade un 5% a la pensión
- Por tres hijos, el incremento asciende al 10%
- Por cuatro o más hijos, el complemento alcanza el 15%
Sin embargo, este beneficio tiene ciertas limitaciones. Por ejemplo, los porcentajes pueden reducirse si la pensión calculada se encuentra cerca del máximo permitido por la ley o si no se trata de una jubilación ordinaria. Y además, el complemento solo aplica a pensiones contributivas, como las de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y no está disponible para pensiones no contributivas ni para casos de jubilación anticipada o parcial.
Reconocimiento de periodos de crianza como tiempo cotizado
Otro de los mecanismos que benefician a las madres en España es el reconocimiento de los periodos dedicados al cuidado de los hijos como tiempo cotizado.
Este beneficio, vigente desde 2011, permite sumar hasta cinco años de cotización al historial laboral de las mujeres que hayan interrumpido su carrera profesional por motivos de crianza. En concreto, se contabilizan 270 días por cada hijo en situaciones de interrupción laboral debido a nacimiento o adopción.

Este reconocimiento es aplicable a todas las prestaciones contributivas, excepto para alcanzar el mínimo de años cotizados requeridos para acceder a la jubilación. Los días cotizables se asignan a los periodos en los que no existió obligación de cotizar, respetando siempre el límite máximo de cinco años.
En ese sentido, este ajuste puede tener un impacto significativo en el cálculo de la pensión, ya que incrementa el número de años cotizados y, en consecuencia, la base reguladora utilizada para determinar la cuantía final.
¿Cómo se calcula el impacto de estos beneficios?
El cálculo de los beneficios relacionados con la crianza se realiza tomando como referencia las bases de cotización previas a la interrupción laboral. Ahora bien, si no se dispone de seis meses de cotización anteriores al periodo de interrupción, se utiliza el promedio de las bases disponibles.
Este método asegura que los periodos de cuidado de hijos se integren de manera justa en el historial laboral de las madres.
Un ejemplo práctico ilustra cómo estos beneficios pueden influir en la pensión final. Supongamos que una mujer se jubila tras 30 años de trabajo y ha tenido tres hijos. Durante cinco años de su vida laboral, se dedicó exclusivamente al cuidado de sus hijos, sin recibir prestaciones o subsidios por desempleo. Si su base de cotización promedio en los seis meses anteriores a la interrupción laboral fue de 1.200 euros al mes, el impacto sería el siguiente:
- Cálculo de la base reguladora: Se toma el promedio de las bases de cotización de los últimos 15 años ajustados a la inflación, incluyendo los periodos reconocidos por cuidado de hijos.
- Aplicación del complemento por maternidad: Con tres hijos, la mujer tiene derecho a un complemento del 10% sobre su pensión. Si la pensión calculada sin el complemento es de 1.000 euros, el complemento por hijos sería de 100 euros, elevando la pensión total a 1.100 euros.
- Suma de periodos de crianza: Por tres hijos, se reconocen 810 días (270 días por hijo), equivalentes a aproximadamente 2,2 años adicionales de cotización. Estos años se suman al historial laboral, lo que podría incrementar la base reguladora.
- Ajuste de la pensión final: Si los años adicionales aumentan la base reguladora en un 3%, la pensión antes del complemento podría subir a 1.030 euros. Aplicando el 10% adicional por maternidad, la pensión final sería de 1.133 euros.
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