
La prestación por desempleo, popularmente conocida como “paro”, es una ayuda contributiva gestionada por el SEPE que protege a quienes, estando en condiciones de trabajar, pierden su empleo total o parcialmente. Para acceder a ella, es necesario cumplir algunos requisitos como estar afiliado a la Seguridad Social, en situación legal de desempleo, buscar activamente trabajo, inscribirse como demandante y haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años antes de acceder a la prestación.
Sin embargo, para aquellas personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a la prestación, existe otra ayuda, llamada subsidio de cotizaciones insuficientes, gestionada por el mismo organismo, a la que se puede acceder por haber cotizado tan solo 90 días (tres meses).
El importe de este subsidio se determina en función del tiempo transcurrido desde su concesión. Durante los primeros seis meses en los que el beneficiario recibe la ayuda, obtiene el 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a unos 570 euros mensuales. En los siguientes seis meses, si todavía no se ha encontrado trabajo, la cuantía se reduce al 90% del IPREM, es decir, 540 euros. A partir de entonces y hasta el final del periodo de percepción, el subsidio es del 80% del IPREM, equivalente a unos 480 euros al mes.
La duración máxima de percepción de la ayuda es de 21 meses, por lo que se pueden llegar a obtener un total de 10.980 euros. El tiempo durante el que se puede percibir se calcula teniendo en cuenta el periodo de ocupación cotizado y la acreditación de responsabilidades familiares, conforme a la siguiente tabla:

Requisitos del subsidio por insuficiencia de cotización
Para acceder a este subsidio, es necesario cumplir ciertos requisitos laborales y económicos. La persona debe encontrarse en situación de desempleo total o, si trabaja a tiempo parcial, no superar la jornada completa con la suma de todos sus empleos. Además, se exige haber cotizado al menos 90 días.
Si se ha trabajado después de generar el derecho al subsidio, el último empleo debe haber finalizado de manera involuntaria en el caso de trabajadores por cuenta ajena. Para autónomos, es necesario acreditar la situación legal de desempleo. También es obligatorio firmar el acuerdo de actividad y no contar con derecho a una prestación contributiva por desempleo.
No se puede acceder al subsidio si existen incompatibilidades, como percibir otras ayudas o superar los límites de ingresos establecidos. Por ello, es imprescindible demostrar la falta de rentas personales o, en su defecto, tener responsabilidades familiares, requisito que debe mantenerse tanto en la solicitud inicial como en renovaciones o reanudaciones del subsidio.
El plazo para solicitarlo es de seis meses desde que se genera el derecho; fuera de este período, no se acepta la solicitud. En caso de haber cotizado al menos seis meses sin responsabilidades familiares, se puede pedir una ampliación dentro del año siguiente al desempleo si luego se acreditan dichas responsabilidades.
También se requiere presentar una declaración de ingresos del mes anterior a la solicitud de la ayuda, tanto personales como de la unidad familiar si corresponde. Por último, es indispensable estar inscrito como demandante de empleo en el momento de la resolución. Si se cumplen los requisitos para el subsidio para mayores de 52 años, este será el concedido.
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