
Hay muchas personas en España que rondan los 65 años y se plantean si a lo largo de este año 2025 podrán jubilarse. Y aunque esa es la edad que la mayoría de las personas tienen en su cabeza durante toda su vida, la realidad es que cada vez aumenta más porque el dato objetivo es el número de años cotizados, y no la edad que ponga en el DNI.
Según la Ley 27/2011, que se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado, las cifras actuales son las siguientes:
- Es posible jubilarse a los 65 años siempre que se tengan cotizados un mínimo de 38 años y 3 meses. Esta cifra de años cotizados ha ido aumentando paulatinamente desde que se puso la ley en marcha.
- Todos aquellos que no hayan cumplido esos 38 años y 3 meses cotizados, pero que tengan más de 65 años, tendrán que esperar un año y medio más, hasta los 66 años y 8 meses, para poder jubilarse y percibir una pensión.
¿Qué sucede con todas aquellas personas que tienen menos años cotizados? ¿Cuál es el mínimo que hay que cumplir para poder percibir una pensión?
15 años cotizados: el mínimo para poder percibir una pensión por parte del Estado
Cualquier persona que este año 2025 cumpla los 66 años podrá jubilarse, pero tendrá que tener un mínimo de 15 años cotizados para poder hacerlo. Esto quiere decir que esos 15 años son el mínimo para poder obtener una pensión, pero no que cualquiera que haya cumplido ese mínimo pueda jubilarse, sino que tendrá que haber cumplido los 66 años y 8 meses (según cifras actualizadas).
Esto quiere decir que todos aquellos que hayan cumplido los 66 años y 8 meses y no hayan cotizado 15 años no podrán recibir ningún tipo de pensión pública. Sin embargo, aquellos que sí hayan conseguido cotizar esos 15 años recibirán una pensión del 50% de la base reguladora, y tendrán que cumplir otra condición más, que es la de que al menos 2 de esos 15 años cotizados hayan sido en los 15 años anteriores del hecho causante, que es el momento en el que se pide la pensión.
¿Es posible acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria con 15 años cotizados?
Otra duda frecuente es, efectivamente, si una persona con más de 60 años pero menos de 65 años, puede recibir la Jubilación Anticipada Voluntaria si ha cotizado esos 15 años mínimos. La realidad es que no, no es posible, y para poder jubilarse anticipadamente y de forma voluntaria, hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Haber cumplido 64 años y 8 meses en el caso de tener menos de 38 años y 3 meses cotizados, pero un mínimo de 35 años cotizados.
- O bien haber cumplido 63 años pero haber cumplido los años de cotización mínima de 38 años y 3 meses que se establecen en este año 2025.
Es relevante, de igual manera, tener en cuenta el caso personal de cada cuál que cumpla 65 o 66 años en el 2025. Algunas cuestiones como la categoría profesional específica a la que se pertenezca, o bien haber perdido el empleo, y que la jubilación anticipada no sea voluntaria, podrían suponer cambios con respecto a la pensión a percibir.
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