
El Ministerio de Trabajo y los sindicatos han alcanzado un acuerdo para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en un 4,4 % a partir de 2025, lo que situará esta cifra en 1.184 euros brutos mensuales, distribuidos en 14 pagas. Este aumento, que se quedaría en 16.576 euros brutos anuales para quienes trabajen a jornada completa, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. La medida está prevista que se apruebe en el Consejo de Ministros y posteriormente será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para hacerse oficial.
El incremento acordado supone una subida de 50 euros mensuales respecto al SMI vigente en 2024, que se encuentra en 1.134 euros al mes. Este ajuste se enmarca en la política del Gobierno de acercar el salario mínimo al 60 % del salario medio, tal y como recomienda la Carta Social Europea. Sin embargo, la medida no cuenta con el respaldo de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, que propusieron un aumento menor, del 3 % al 3,4 %.
El IRPF en las subidas del SMI de los últimos años
Uno de los aspectos más polémicos del aumento del SMI es su impacto en la fiscalidad. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha insistido en que el salario mínimo debe quedar exento de tributación en el IRPF, como se ha ajustado en años anteriores. Sin embargo, esta decisión depende del Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, que aún no ha confirmado ni desmentido si ajustará el mínimo exento de tributación para 2025.
En los últimos años, las subidas del SMI han ido acompañadas de ajustes en el mínimo exento del IRPF para evitar que los trabajadores con ingresos equivalentes al salario mínimo tengan que tributar. Por ejemplo, en la campaña de la renta de 2023, tal y como han recordado desde Onda Cero, el mínimo exento se incrementó de 14.000 a 15.000 euros, mientras que en 2024 se elevó a 15.876 euros. Si no se realiza un ajusto similar en 2025, algunos beneficiarios del SMI podrían enfrentar retenciones de entre 230 y 300 euros por el exceso de renta sobre el mínimo exento actual.
Desde Hacienda, según ha informado Newtral, han señalado que es “prematuro” especular sobre el tratamiento fiscal del SMI en 2025, ya que la cuantía aún no ha sido aprobada oficialmente.
Los tramos si el IRPF se mantiene sin cambios
Aun así, está previsto que los tramos del IRPF se mantengan sin cambios, por lo que se aplicarían las siguientes tasas según los ingresos anuales:
- Hasta 12.450 euros anuales: 19 %
- De 12.450 a 20.200 euros: 24 %
- De 20.200 a 35.200 euros: 30 %
- De 35.200 a 60.000: 37 %
- De 60.000 a 300.000 euros: 45 %
- Más de 300.000 euros: 47 %
Aunque un aumento salarial puede hacer que un trabajador pase a un tramo superior, esto no significa que todo el sueldo tribute al tipo más alto, sino que tributará al porcentaje correspondiente únicamente la parte que exceda el umbral respectivo.
Si no se ajusta el mínimo exento del IRPF, los trabajadores que perciben el SMI podrían tributar por el exceso de ingresos sobre el umbral actual. Esto generaría una carga fiscal adicional que podría anular parcialmente los beneficios del aumento salarial.
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