
Gracias a la equivocación en la votación de Esquerra Republicana y EH Bildu, ha salido adelante la nueva enmienda del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal con la que se facilita la celebración de juicios ‘exprés’ para efectuar desalojos de viviendas ocupadas. Presentada por el Partido Nacionalista Vasco (PNV), ha contado también con el apoyo del Partido Popular, Unión del Pueblo Navarro, Coalición Canaria y Junts.
Ya habiendo pasado por el Congreso, el que tendría que haber sido su principal obstáculo, caben pocas dudas de que esta enmienda va a ser aprobada. El siguiente paso es que en los próximos días se vote en el Senado, con mayoría del PP, y de ahí que se publique en el BOE. No se conoce la fecha exacta, pero estará vigente más pronto que tarde.
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¿Cuánto tardará el desalojo?
El principal cambio que trae es el que los procedimientos de lanzamiento de ‘okupas’ hasta ahora solo se podían llevar por la vía civil y ahora se ampliaría a juicios penales (en algunos casos concretos). Los tipos con los que se enjuiciarán estos casos son los de allanamiento de morada, cuando la vivienda en la que se produzca la ‘okupación’ se encuentre habitada, o usurpación de morada, cuando por el contrario esta se encuentre deshabitada.
De esta manera, estos delitos podrían ser juzgados a partir de ahora como enjuiciamientos rápidos. Estos son procedimientos que pretenden agilizar ciertos procedimientos judiciales para delitos menores, “con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años”. Hasta ahora, los hurtos, robos, delitos de tráfico o de daños, así como contra la salud pública o los relativos a la propiedad intelectual e industrial eran susceptibles de este procedimiento.
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Así lo que se va a conseguir es que un proceso que hasta ahora se podía alargar hasta más de un año, se pueda solucionar en un plazo máximo de 15 días. Sin embargo, el efecto de esta enmienda es limitado y solo afectaría en unos casos concretos.
En la enmienda se han incluido delitos de usurpación y delitos de violación de domicilio. Dos conceptos diferentes en el Código Penal, siendo solo el primero para la ocupación de la vivienda principal de la persona, mientras que el de usurpación sería para aquella vivienda o edificio “que no constituyan morada”. Solo en estos casos influirá realmente el nuevo proyecto de ley, puesto que en el caso del primero la jurisprudencia ya enmarca la posibilidad de proceder a un desahucio en las siguientes 48 horas.
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De este modo, se podrán ver los juicios rápidos en casos en los que se hayan ocupado segundas, terceras u otras viviendas, que ahora verán cómo el procedimiento para poder volver a disponer de estas residencias en cuestión de semanas, o incluso días, cuando antes podían tardar varios meses en lograrlo.
Además, solo se puede aplicar en casos de ‘okupación’ y no en los llamados como ‘inquipokupación’. Estos son los supuestos en los que la persona que vive en una casa deja de pagar el alquiler, ya que se seguirá considerando un ilícito civil, pues consiste en un incumplimiento de contrato.
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Las disculpas de Bildu y el silencio de Esquerra
Mertxe Aizpurua, portavoz de Bildu en el Congreso, explicó en una rueda de prensa posterior que su voto a favor se había tratado de un “error en la definición del voto”. “Se deben dar explicaciones, asumir responsabilidades y responder ante las personas afectadas por tal equivocación”, se disculpaba la política.
No dio rueda de prensa al respecto nadie de Esquerra, aunque también se trató de un error y ya han asegurado que ambos partidos tratarán de subsanar esta medida lo antes posible, algo que parece difícil dada la mayoría absoluta del PP en el Senado, la cámara por la que pasará ahora la ley y donde podría aun ser modificada.
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