
El 21 de mayo el Consejo de Ministros aprobó el real decreto ley que reforma el subsidio por desempleo, tras el acuerdo alcanzado con las principales organizaciones sindicales. Más tarde, el 20 de junio, el Congreso dio el visto bueno definitivo que incluye también cambios en la prestación por desempleo, es decir, el paro.
Las novedades incorporadas, tal y como explica la web de La Moncloa, tienen la finalidad de simplificar el funcionamiento del sistema y adecuar sus objetivos para que haya más claridad, seguridad jurídica y que la gestión sea más fácil, sobre todo, para esos colectivos que tienen un mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad.
Qué es el subsidio por desempleo: diferencia del paro
El subsidio por desempleo es la ayuda para quienes han agotado o tienen derecho a paro por no haber cotizado lo suficiente. La duración dependerá del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares y su cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), el índice que se utiliza como referencia en España para calcular la concesión de las ayudas.
Por otro lado, el paro es la prestación para aquellas personas que han perdido su trabajo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%.
Cuáles son las novedades de la reforma de subsidio
La reforma de subsidio de desempleo aprobada por el Gobierno amplía la ayuda a colectivos que antes no podían acceder a ella:
- Menores de 45 años sin responsabilidades familiares
- Trabajadores agrarios eventuales
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla
- Los españoles emigrantes retornados si derecho a prestación contributiva
- Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual
Asimismo, la nueva norma eleva el porcentaje del IPREM, por lo que aumentará su cuantía en un total de 90 euros mensuales. Las prestaciones que se podrán percibir se establecerán en tres tramos:
- Seis primeros meses: 95% IPREM, 570 euros
- Seis meses siguientes: 90% IPREM, 540 euros
- Resto del periodo: 80% IPREM
Quizás una de las novedades más interesantes de esta reforma sea que se ha introducido el “Complemento de Apoyo al Empleo” que permite compatibilizar un puesto de trabajo o una beca con el cobro tanto de esta ayuda como del paro. Una prestación que podrá prolongar durante un periodo máximo de seis meses.
Sin tiempos de espera
Además de que la cantidad del subsidio haya aumentado, los tiempos de espera también han experimentado una mejora. La nueva ley elimina el mes de espera para poder acceder a esta ayuda para los parados. Hasta ahora era necesario que los parados esperaran 30 días para que se terminara la prestación por desempleo hasta que se activara el subsidio por desempleo. Ahora, gracias a la reforma, el paso de uno al otro será inmediato.
Todos estos cambios se implantarán el próximo 1 de noviembre y no tendrán carácter retroactivo, es decir, las personas que ya lo cobraban no verán las cantidades que reciben aumentadas, su prestación se mantendrá igual.
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