
El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad a Jesús Pradales del homicidio intencionado de su pareja, Juana Canal, quien desapareció en 2003 en Madrid y cuyos restos fueron encontrados 16 años después, en una finca de la provincia de Ávila. La Audiencia Provincial de Madrid ha celebrado este jueves la lectura del veredicto, en el que los nueve miembros del jurado han coincidido en la culpabilidad de Pradales, como ha confirmado fuentes a Infobae España.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular han solicitado una pena de 15 años de prisión para el acusado por homicidio doloso, mientras que la defensa de Pradales argumentaba que la muerte fue accidental y pedía su absolución. El jurado también ha considerado probado que existía una relación de pareja entre ambos en el momento de los hechos, lo que implica una agravante de parentesco. Sin embargo, debido a que en 2003 aún no se había aprobado la ley de violencia de género, no se aplicó este tipo de agravante. La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género entró en vigor el 29 de enero de 2005.
Su muerte “no fue accidental”
El asesino confeso de Juana Canal, Jesús Pradales, defendió ante el juez el pasado 17 de septiembre que la muerte de la que era su pareja fue un “accidente”, pese a que llegó a confesar el asesinato. Sentado en el banquillo de la Audiencia Provincial de Madrid, Pradales declaró que la noche del 22 de febrero del 2003 discutieron en su piso, ubicado en el distrito de Ciudad Lineal en Madrid. Según su testimonio, ella intentó agredirle varias veces y en una de ellas la mató de forma involuntaria: “La empujé para apartarla y oí el cuerpo al caer”. Después, no pidió ayuda para socorrerla porque “iban a pensar” que había sido él y estaba “acojonado”, por lo que decidió seccionar el cuerpo en dos partes en la bañera. Pradales, ante el jurado popular, relató que transportó los restos en dos maletas esa misma madrugada y los llevó hasta su finca familiar en Navalacruz (Ávila), donde fueron encontrados en abril de 2019, 16 años después. “No me creo que yo pudiera hacer eso, no quiero recordarlo”, ha dicho durante el interrogatorio.
El jurado finalmente ha considerado probado que la muerte “no fue accidental”, como afirmaba Pradales. Este declaró que, durante la discusión, empujó a su pareja y que ella se golpeó en la cabeza contra una mesilla, lo que le provocó la muerte. Aterrorizado por las posibles consecuencias, dijo haberla descuartizado y haber ocultado los restos, alegando que actuó por pánico. Aunque se desconocen los detalles precisos sobre el lugar y el momento del descuartizamiento, el acusado admitió haber desmembrado su cuerpo y haberse deshecho de los restos en una finca familiar en Navarredondilla, provincia de Ávila, donde fueron hallados en 2019.
Sin embargo, los investigadores de la Policía Nacional y la Guardia Civil que trabajaron en el caso tras el hallazgo de los huesos descartaron esta versión, apuntando a que la muerte fue intencionada.
La defensa de Pradales sostuvo que no hay pruebas concluyentes que demuestren la intencionalidad en la muerte de Juana Canal, mientras que el abogado de la familia de la víctima, Juan Manuel Medina, expresó su convicción de que se trató de un asesinato, aunque el paso del tiempo ha dificultado probar este extremo.
Tras el veredicto de culpabilidad, el magistrado que ha presidido el tribunal deberá dictar la sentencia definitiva.
* Con información de EFE
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