En España hay cerca de 10 millones de personas jubiladas, buena parte de ellos mileuristas. Aunque lo cierto es que la cuantía media que reciben cada mes no ha dejado de subir desde hace más de una década, cuando se situaba en los 999,41 euros mensuales: el pasado mes de marzo, alcanzó los 1.251,53 euros, un 5% más que hace un año. Incluso hay casos en los que se pueden recibir a la vez dos de las prestaciones que gestiona la Seguridad Social: la pensión de jubilación y la de viudedad. Por ello, es probable que haya quienes se pregunten cuánto dinero se obtiene en caso de percibir ambas.
La mayoría de prestaciones que están en manos del organismo público dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por María Jesús Montero, son incompatibles entre sí. Esto significa que no es posible cobrar dos al mismo tiempo. Pero hay excepciones, puesto que la pensión de viudedad se puede compaginar con “cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o de incapacidad permanente”.
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La prestación de jubilación es la que tiene la cuantía más elevada, dado que la media asciende hasta los 1.438,20 euros mensuales. Tras ella se sitúan las prestaciones por incapacidad permanente (1.161,43 euros), viudedad (894,07 euros), en favor de familiares (738,73) y orfandad (500,82 euros). De ahí que, aquellos que cumplan los requisitos, puedan contar con un ingreso de dinero importante cada mes si reciben de forma simultánea la pensión de jubilación y la del fallecimiento del cónyuge.
Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión de viudedad

Para acceder a la pensión de viudedad en casos de fallecimiento por enfermedad común, es requisito indispensable que el solicitante de la prestación cumpla los siguientes requisitos:
- Que el difunto haya cotizado, como mínimo, 500 días a la Seguridad Social.
- Para parejas casadas, la normativa establece la necesidad de haber tenido hijos y que el matrimonio haya tenido una duración mínima de un año, aumentando a dos en casos en los que se hiciera vida en común sin haber contraído matrimonio formalmente.
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- Las parejas de hecho deben estar oficialmente registradas como tales al menos dos años antes del fallecimiento. Además, deben haber convivido durante cinco años, salvo que hayan tenido descendencia en común, lo cual flexibiliza este último requerimiento.
- Las personas divorciadas o separadas legalmente deben haber recibido una pensión compensatoria en el momento del fallecimiento, siempre y cuando el fallecido no hubiese contraído un nuevo matrimonio o establecido una nueva pareja de hecho.
Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión de jubilación

Para acceder al sistema de pensiones de jubilación en España, los trabajadores deben cumplir con una serie de requisitos estrictamente definidos por la Seguridad Social:
- Es esencial haber cotizado durante un mínimo de 15 años, con la condición de que dos de esos años se hayan registrado consecutivamente justo antes de efectuar la petición de jubilación.
- Quienes hayan cotizado más de 38 años tienen la posibilidad de jubilarse a los 65 años. En cambio, aquellos que no lleguen a ese mínimo deben esperar hasta los 66 años y seis meses para poder retirarse.
- Se tiene en cuenta el tipo de trabajo realizado, circunstancias personales y condiciones específicas de salud que podrían permitir una retirada temprana con beneficios ajustados.
Cuánto dinero se recibe con la pensión de jubilación y viudedad
El límite máximo para la suma de las pensiones de jubilación y viudedad se ha establecido en 3.175,04 euros al mes. Este tope se aplica a la combinación de ambas prestaciones, según las normativas vigentes del sistema de Seguridad Social español. La pensión de viudedad, por su parte, se aplica al 52% de la base reguladora del fallecido, pudiendo incrementarse en función de diversas condiciones, tales como la edad y los ingresos, así como las responsabilidades familiares.
Para aquellos beneficiarios de 65 años o más, con ingresos anuales inferiores a 7.707 euros, el porcentaje aplicable sobre la base reguladora aumenta hasta el 60%. Además, este porcentaje puede elevarse al 70% en casos donde el pensionista tenga a su cargo familiares dependientes y la pensión constituya su principal fuente de ingresos.
Respecto a la pensión de jubilación, se establece un esquema progresivo de cálculo basado en los años de cotización, iniciando con el 50% de la base reguladora para aquellos con 15 años cotizados, y aumentando gradualmente hasta el 100% para quienes alcanzan los 37 años.
Además, los beneficiarios de una pensión de viudedad con cargas familiares perciben una cantidad determinada, mientras que los mayores de 65 años con una discapacidad superior al 65% también reciben una cuantía fija, ajustada a su condición. Para las personas en el tramo de edad de 60 a 64 años, así como para los menores de 60 años sin cargas familiares, se establecen igualmente importes mensuales específicos. En cuanto a los jubilados, existen diferencias en los montos recibidos en función de la edad y si tienen o no a un cónyuge a cargo.
Por su parte, los jubilados con una edad inferior a los 65 años cobran 1.033,30 euros si tienen un cónyuge a cargo, 772 euros si no tienen ningún cónyuge y 729,70 euros si tienen un cónyuge pero no a cargo.
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