
El salario es una cuestión que trae quebraderos de cabeza a muchos trabajadores. La diferencia entre lo que aparece recogido en el contrato como remuneración y lo que finalmente se refleja en la nómina varía en todos los casos, lo que hace que muchos empleados en nuestro país se pregunten qué pasa con ese dinero. El salario bruto es el dinero total que recibe una persona por el trabajo que realiza antes de descontar las retenciones y cotizaciones que se practican en cada nómina. El salario neto, por su parte, es el monto que llega todos los meses a su cuenta bancaria.
Las empresas utilizan diferentes programas y calculadoras para elaborar las nóminas en las que se desagregan las retribuciones y queda reflejado cómo se pasa del salario bruto anual al neto. La operación, no obstante, tiene en cuenta dos aspectos claves. El primero es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es proporcional y progresivo, es decir, los trabajadores que más pagan, son los que más ganan. Además, existen unas tablas con los tramos de IRPF a partir de la base imponible. El segundo elemento son las cotizaciones a la Seguridad Social, que también implican un recorte en la nómina.
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Los contribuyentes tienen que presentar todos los años su declaración de la Renta. La campaña de este año trae consigo varias novedades y será la más larga de la última década, comenzando el 3 de abril y terminando el 1 de julio. En poco más de dos meses, los trabajadores por cuenta propia y ajena tendrán que pagar a Hacienda el importe correspondiente en concepto de impuestos —salvo que el Fisco les devuelva dinero porque han pagado de más—. Las personas que hayan tenido rendimientos de trabajo inferiores a 22.000 euros anuales —procedentes de un solo pagador— quedan exentas de tener que solventar este trámite.
Lo primero que tienen que tener en cuenta los trabajadores es que, antes de hacer la declaración de la Renta, han de abonar un ‘adelanto’ a Hacienda. Esto deriva de los conocidos como tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que marca los porcentajes de retención que se aplican en función del dinero que gana cada persona. Los tramos correspondientes al ejercicio 2024, a falta de que se confirmen en los próximos Presupuestos Generales del Estado (PGE), son los siguientes:
- Una persona con beneficios de entre 0 y 12.450 euros: Tipo estatal (9,5%) + Tipo autonómico (9,5%) = 19%.
- Una persona con beneficios de entre 12.450 y 20.200 euros: Tipo estatal (12%) + Tipo autonómico (12%) = 24%.
- Una persona con beneficios de entre 20.200 y 35.200 euros: Tipo estatal (15%) + Tipo autonómico (15%) = 30%.
- Una persona con beneficios de entre 35.200 y 60.000 euros: Tipo estatal (18,5%) + Tipo autonómico (18,5%) = 37%.
- Una persona con beneficios de entre 60.000 y 300.000 euros: Tipo estatal (22,5%) + Tipo autonómico (22,5%) = 45%.
- Una persona con beneficios de más de 300.000 euros: Tipo estatal (24,5%) + Tipo autonómico (22,5%) = 47%.
El cálculo adecuado del IRPF de la nómina puede resultar complejo si no estamos familiarizados con el tema. La operación se actualiza todos los años con la Agencia Tributaria mediante la declaración de la Renta, pero siempre conviene mantenerlo al día para evitar desequilibrios y sustos de última hora. La página web del organismo ofrece un simulador al que podemos acceder para resolver todo tipo de dudas y calcular lo que nos corresponde pagar en concepto de IRPF. Lo primero que tenemos que hacer es buscar la pestaña superior de “Información y gestiones”, para luego hacer clic en la opción de IRPF y, finalmente, acceder al “Servicio de cálculo de retenciones”. Los usuarios no necesitan utilizar Cl@ve PIN, certificado o DNI electrónico. Lo bueno del simulador es que no es vinculante, lo que significa que podemos cambiar los datos si detectamos cualquier error.
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