
La Audiencia de Teruel ha condenado a un abuelo a cuatro años de prisión como autor de un delito de abuso sexual a una menor de 16 años, que era su nieta. Los hechos ocurrieron en agosto de 2021 cuando la niña, de 13 años en ese momento, pasaba el verano en casa de sus abuelos en la localidad turolense de Alcañiz.
El condenado es un hombre de 71 años natural de Ecuador pero residente en Madrid. En la sentencia, el tribunal considera que “el relato de la menor sobre los hechos resulta congruente, persistente, carente de contradicciones relevantes o de ambigüedades”. Tampoco se da ninguna circunstancia “que pudiera hacer sospechar de un móvil espurio para la interposición de la denuncia” por parte de la madre de la niña. Los magistrados estiman “que la declaración de la menor es prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado”.
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Según los hechos probados, la niña dormía en la misma cama que sus abuelos. Durante la noche del 11 de agosto de 2021, el condenado le bajó el pantalón del pijama y la ropa interior a su nieta de 13 años de edad. El hombre, de 71 años, le tocó los genitales e intentó atraerla hacia él. Una vez se dio cuenta, la niña llamó a su abuela para pedir ayuda, pero el anciano se hizo el dormido cuando iban a descubrirle.
Una indemnización de 6.000 euros para la víctima
Ha sido la madre quien ha interpuesto la denuncia. Se enteró de los abusos sexuales casi un año después, en abril de 2022, después de ver unos mensajes “alarmantes” que enviaba su hija a una amiga a través de la aplicación WhatsApp. En septiembre de ese mismo año, la víctima fue diagnosticada con un trastorno de estrés postraumático por el Servicio de Pediatría del Hospital Universitario La Paz, en Madrid. La niña ha estado recibiendo un tratamiento psiquiátrico por trastorno adaptativo con alteración mixta de emociones y conducta, con sintomatología compatible con una experiencia de abuso sexual, como problemas de sueño, pesadillas, autolesiones o ataques de ansiedad.
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El abuelo deberá indemnizar a la menor con 6.000 euros más los intereses legales marcados por el Artículo 576 de LEC, por daños morales. Además, deberá cumplir cuatro años de pena de prisión. Una vez pasado ese tiempo, “la sentencia prohíbe al acusado (abuelo paterno de la menor), aproximarse a ella a una distancia no inferior a los 500 metros, en cualquier lugar en el que ella se encuentre, durante 10 años”. La orden de alejamiento también prohíbe cualquier comunicación con la víctima.
Del mismo modo, tras cumplir la sentencia de cárcel, el tribunal ha decretado una medida de libertad vigilada durante cinco años. La sentencia no es firme y puede recurrirse al Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
*Con información de Europa Press
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