
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha insistido en calificar como delito de terrorismo las acusaciones contra el líder de Junts, Carles Puigdemont, y el resto de imputados en la causa de Tsunami Democràtic al defender que los indicios iniciales, tras las últimas diligencias, “se han afianzado”. En su último auto, el magistrado rechaza el recurso de la Fiscalía y envía el sumario al Tribunal Supremo.
El Ministerio Público rechazó que el juez instructor calificase los hechos como terrorismo y recurrió la decisión de enviar una exposición razonada al Supremo para que investigue a Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y otras diez personas por la plataforma Tsunami Democràtic.
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García Castellón afea a la Fiscalía que tenga que insistir “sobre la contundencia, cantidad y nitidez de los indicios que permiten sostener la calificación inicial por delito de terrorismo” y rechaza que no haya fundamento para pedir al Supremo investigar a Puigdemont. Además, se reafirma en “la gravedad de los delitos que en este momento se vislumbran”, la “clara afectación” que tuvieron los “intereses generales” y a las “estructuras económicas esenciales del Estado” y los daños personales y materiales que se causaron en las protestas.
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Cabe recordar que tanto Junts como ERC pidieron en sus enmiendas a la ley de amnistía que los delitos de terrorismo no quedasen excluidos de la misma.
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Nuevos elementos de juicio
El magistrado ha rebatido, como sostenía la Fiscalía, que no existan nuevos elementos de juicio contra los investigados. En concreto, menciona en el auto la última documentación aportada por los Mossos d’Esquadra en relación a las protestas de Tsunami Democràtic en las inmediaciones del Aeropuerto de El Prat el 14 de octubre de 2019. Asimismo, hace referencia al oficio que envió a un juzgado de L’Hospitalet de Llobregat solicitando información sobre el fallecimiento de un ciudadano francés que sufrió un infarto ese día en El Prat.
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También recuerda a la Fiscalía los escritos de personación de varios policías nacionales personados como acusación particular en la causa y que resultaron heridos en las protestas ocurridas en Barcelona el 18 de octubre de 2019.
En su recurso, el fiscal había afeado al juez que su exposición de motivos para enviar la causa al Supremo la había acordado “sin fundamento y sin haber ocurrido circunstancia alguna que lo justificara”. Al respecto, García-Castellón alude a los más de cien folios de la exposición de motivos “a los efectos que el recurrente pueda ilustrarse sobre los motivos de la misma, por lo que en ningún caso puede admitirse, como se afirma en el recurso, que carece de fundamento”.
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En otro auto, el juez de la Audiencia Nacional rechaza el recurso de Marta Rovira contra la decisión de cursar una comisión rogatoria a Suiza para que comunique su paradero.
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