
Mariano Rajoy podría volver a comparecer en sede parlamentaria en el marco de una comisión de investigación. Ya lo hizo el 13 de diciembre de 2021 en la comisión sobre la presunta trama de espionaje parapolicial al extesorero del PP Luis Bárcenas, conocida como caso Kitchen, que tiene imputados a dos miembros de su primer gabinete: el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y su número dos, el secretario de Estado, Francisco Martínez.
El Gobierno abrió la puerta a la posibilidad de que el expresidente del Gobierno vuelva a rendir cuentas en el Congreso en la comisión de investigación sobre la Operación Catalunya. Las últimas informaciones de “enorme gravedad”, publicadas en los últimos días sobre el presunto uso ilegal del Gobierno de Mariano Rajoy de la cúpula de la Policía para investigar al margen de la ley a partidos independentistas y orquestar campañas contra el procés, fueron “objeto de análisis y debate” en la reunión del Consejo de Ministros del pasado martes.
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Tanto es así que el Gobierno quiere llegar “hasta las últimas consecuencias, analizando hasta el mínimo detalle y no hay que descartar la comparecencia de ningún miembro de la anterior administración del PP”, según señaló la ministra portavoz, Pilar Alegría. En este sentido, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, se ha remitido este miércoles a las palabras de Alegría sobre la posibilidad de que el PSOE sea favorable a convocar a Rajoy.
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Cabe señalar que en los últimos compases de la pasada legislatura, durante la última comisión sobre las cloacas de Interior en el Gobierno de Mariano Rajoy, el PSOE salvó a Rajoy de comparecer en el Congreso. Dicho órgano parlamentario, el cuarto que afecta al PP, tenía como objeto indagar sobre las “actuaciones del Ministerio del Interior durante el Gobierno del PP en relación con las presuntas irregularidades que vinculan a altos cargos y mandos policiales con la existencia de una trama parapolicial”.
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Esto es, estaba previsto abordar por tercera vez el caso Kitchen (el presunto espionaje a Luis Bárcenas ordenado desde Génova) a raíz de nuevos audios y mensajes de WhatsApp aportados, así como la Operación Catalunya, una serie de acciones policiales ilegales que, a través de informes falsos sobre corrupción (todo ello entre 2012 y 2016), pretendía parar el proceso de independencia en Cataluña.
¿Y ahora qué?
Si bien, la reciente investigación periodística conjunta de La Vanguardia y Eldiario.es ha aportado nuevos datos al respecto de esta última trama. En concreto, que el mismo ministro del Interior Jorge Fernández Díaz hacía llegar las notas sobre el presunto espionaje a Mariano Rajoy a través de sus escoltas.
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Por tanto, en el marco de la nueva comisión de investigación sobre la Operación Cataluña, creada en diciembre el Congreso tras un acuerdo del PSOE con ERC y Junts de cara a la elección de Francina Armengol como presidenta del Congreso, el Gobierno desliza que esta vez no se opondrá a que Rajoy acuda a rendir cuentas en sede parlamentaria. El órgano parlamentario está ahora pendiente de constituirse.
Así, una vez eche a andar en febrero, tal como está previsto, los partidos deberán presentar un plan de trabajo, que deberá ser aprobado por la comisión (las decisiones se adoptarán en función del criterio de voto ponderado). Después, los grupos políticos podrán presentar una propuesta para “requerir la presencia, por conducto de la Presidencia del Congreso, de cualquier persona para ser oída”. Los socios parlamentarios de Pedro Sánchez ya han avisado que incluirán el nombre de Rajoy entre sus peticiones de comparecencia, por lo que si el PSOE no lo impide esta vez, Rajoy podría volver a ser convocado en el Congreso.
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El artículo 52 del reglamento de la Cámara Baja fija que “tales comparecencias se ajustarán a lo dispuesto en la Ley prevista en el artículo 76.2 de la Constitución”, y responderán, en todo caso, a dos requisitos: “La notificación del requerimiento para comparecer y de los extremos sobre los que se deba informar habrá de hacerse con quince días de antelación, salvo cuando, por concurrir circunstancias de urgente necesidad, se haga con un plazo menor, que en ningún caso será inferior a tres días”. Además, “en la notificación, el ciudadano requerido será advertido de sus derechos y obligaciones y podrá comparecer acompañado de la persona que designe para asistirlo”.
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