
El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso presentado por la ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, contra la sentencia que le condenó a indemnizar con 18.000 euros al exmarido de María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre, por daño moral al llamarle maltratador.
Según explica el Constitucional en una providencia a la que ha tenido acceso EFE, no tiene "la especial trascendencia constitucional" que requiere la ley para que los recursos de amparo sean admitidos a trámite.
El Tribunal Supremo condenó a Montero el pasado junio al estimar parcialmente la demanda interpuesta por el exmarido de María Sevilla, Rafael Marcos.
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Las declaraciones
Las declaraciones en cuestión fueron pronunciadas por Montero el 25 de mayo de 2022, en la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres: “Las madres protectoras -dijo la ministra - sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores”.
Rafael Marcos denunció que Irene Montero hizo estas declaraciones tras conocerse que el Gobierno indultaba parcialmente a María Sevilla, condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad de su hijo por un delito de sustracción de menores de ese niño, al que no permitía acercarse a su padre.
(Información elaborada por EFE)
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