
Los trabajadores, cuando agotan la prestación por desempleo, no siempre consiguen volver al mercado laboral a la primera de cambio. En este sentido, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuentan con una serie de ayudas públicas para los ciudadanos que se encuentran en el paro y carecen de rentas de cualquier tipo. Muchos de estos subsidios llevan años protegiendo a las familias más vulnerables, pero otros son de reciente implantación.
La renta activa de inserción (RAI) es una de estas prestaciones. El SEPE decidió ponerla en marcha para potenciar las oportunidades de retorno al mercado laboral entre las personas desempleadas de larga duración. La ayuda, dotada con 480 euros mensuales, tiene una duración máxima de 11 meses. Los trabajadores pueden solicitar este subsidio si arrastran necesidades económicas especiales y tienen dificultades para encontrar trabajo, aunque entre los potenciales beneficiarios también se encuentran los amos y las amas de casa, las víctimas de violencia de género y las personas migrantes retornadas.
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Muchas veces, los trabajadores domésticos realizan labores en el hogar sin ningún tipo de retribución y, además, tampoco cotizan. Las personas que han agotado la prestación por desempleo y los subsidios correspondientes pueden recurrir a esta partida del SEPE siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La renta activa de reinserción se puede compatibilizar con cualquier otro trabajo, aunque en estos casos la cuantía se verá reducida en proporción al tiempo trabajado y la empresa completará la parte restante del subsidio hasta alcanzar el importe del salario correspondiente.

¿Quién puede solicitar la renta activa de inserción?
La renta activa de inserción se dirige a todos aquellos ciudadanos con necesidades económicas y dificultades para encontrar empleo. Los potenciales beneficiarios son los parados de larga duración mayores de 45 años, los emigrantes retornados, las víctimas de violencia de género y las personas con discapacidad igual o superior al 33%. Las amas de casa que superen la edad exigida y no reciban ninguna otra prestación también se pueden acoger a este subsidio. La ayuda tiene un importe de 480 euros al mes y se puede prorrogar durante 11 meses.
Los interesados en solicitar esta prestación tienen que cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, estar inscritos como demandantes de empleo, tener menos de 65 años y acreditar que no tienen derecho a ningún otro subsidio de carácter contributivo por estar en el paro. Los potenciales beneficiarios tampoco pueden tener rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), porcentaje que este año asciende hasta los 810 euros mensuales. Adicionalmente, las víctimas de violencia de género tienen que tener acreditada su condición y no pueden recibir otras ayudas. Los emigrantes retornados, por su parte, tienen que haber trabajado un mínimo de seis meses en los últimos seis años y también tienen que tener más de 45 años. La asignación es incompatible con los subsidios por desempleo y con la renta agraria.
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